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Consulta

La donación de negocio de padre a hijo tributa si el titular está jubilado

Hacienda impide aplicar los beneficios de que disfrutan las transmisiones de negocios entre familiares cuando el titular de la actividad se ha jubilado. Así, según la respuesta a una consulta emitida por la subdirección general de tributos, un hijo que ha recibido en donación el negocio de su padre no puede aplicarse la reducción del 95% sobre el valor de dicho negocio que contempla el impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD) porque el padre estaba ya jubilado.

El consultante es un profesional médico que plantea a Hacienda la posibilidad de aplicarse la reducción de ISD por la donación que su padre, también médico, le va a hacer de su negocio. Según la respuesta de Hacienda, al estar ya jubilado el padre, no puede entenderse que ejercía la actividad profesional en el momento de realizar la donación. Este hecho le impide aplicar la reducción del 95%.

En general, en el ISD debe declararse el valor de los negocios que se transmiten por herencia o donación. En el caso de que esta transmisión se realice entre familiares, sólo se declara el 5% del valor de dicho negocio.

Para que se pueda aplicar este beneficio fiscal deben cumplirse una serie de requisitos. Entre otros, que el sujeto pasivo que va a realizar la donación ejerza la actividad 'de forma habitual, personal y directa' y que dicha actividad constituya su principal fuente de renta. Una situación que no se da desde el momento en que se jubila.

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