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Reforma del IRPF

Las sociedades de tenencia de bienes y de cartera tributarán a un tipo del 40%

El Gobierno ha decidido, finalmente, suprimir el régimen de transparencia fiscal. Para las sociedades patrimoniales, se creará un nuevo régimen en el impuesto de sociedades. A las sociedades de cartera y de tenencia de bienes se les aplicará un tipo general del 40%, y uno específico del 15% para las plusvalías.

El régimen de transparencia fiscal parece tener contados sus días. El borrador de la reforma del IRPF, que entrará en vigor el próximo enero y que maneja ahora el Gobierno, contempla la supresión de esta figura tributaria para los profesionales y su sustitución por un nuevo régimen para el caso de las sociedades patrimoniales, afectadas también por el mismo.

La transparencia fiscal es uno de los regímenes especiales más complejos del sistema tributario, que afecta a un gran número de contribuyentes, tanto a personas físicas como jurídicas.

Se introdujo para corregir dos efectos. Por un lado, la doble imposición económica de los dividendos distribuidos por las pymes cuando en el IRPF no existían los procedimientos actuales de corrección. Por otro lado, se pretendía introducir un sistema de transparencia fiscal que combatiera la interposición de sociedades, creadas para eludir la mayor carga fiscal del IRPF sobre la del impuesto de sociedades.

El sistema de transparencia fiscal consiste en desconocer a efectos fiscales la existencia de la sociedad, gravándose en última instancia a los socios, que quedan configurados como auténticos titulares de sus rentas.

En la práctica, la sociedad transparente tributa por el impuesto sobre sociedades como cualquier otra entidad. Además, las bases imponibles positivas (ingresos) que se obtienen se deben imputar también a sus socios en el IRPF, así como la cuota satisfecha por el impuesto de sociedades y las deducciones y bonificaciones a que tenga derecho la sociedad.

Este sistema se ha vuelto extremadamente complejo, lleno de laberintos prácticos que han originado innumerables conflictos entre la Administración y los contribuyentes. Por un lado, la falta de una definición adecuada de los supuestos que determinan el sometimiento a la transparencia fiscal, especialmente en la delimitación de lo que son sociedades de profesionales. Por otro lado, la combinación con el régimen especial de fusiones y canjes de valores ha ofrecido un campo amplio para la planificación fiscal irregular.

En el caso de los profesionales, éstos se quejan de las dificultades con que cuentan para eliminar la doble tributación en sociedades y en IRPF. De hecho, muchos expertos estiman que en este colectivo el problema real no es el de transparencia fiscal, sino la vinculación entre el socio propietario y el profesional que desarrolla su actividad para la sociedad, pues ambos suelen ser la misma persona.

Todos estos problemas han llevado a la comisión de expertos para la reforma del IRPF, presidida por el catedrático de Hacienda, Manuel Lagares, a proponer, por un lado, la supresión de la transparencia fiscal para las sociedades de profesionales, 'habilitándose reglas especiales sobre operaciones vinculadas', y por otro lado, la creación de un nuevo régimen para las sociedades patrimoniales. Finalmente, el Gobierno ha hecho caso de estas dos recomendaciones del informe Lagares, según confirmó ayer el secretario de Estado de Hacienda, Estanislao Rodríguez-Ponga.

En el nuevo IRPF, que entrará en vigor en enero de 2003, se contempla la supresión del régimen para los profesionales. Para el caso de las sociedades patrimoniales, éste se sustituirá por un nuevo régimen especial en el impuesto de sociedades. En este régimen, tributarán exclusivamente las sociedades de cartera y de mera tenencia de bienes a un tipo general del 40%, y uno específico del 15% para las plusvalías generadas.

Falta por conocer si el Ejecutivo hará cambios en las entidades en régimen de atribución de ingresos y gastos, como es las comunidades de bienes y herencias yacentes. La ley actual establece que las rentas que estas entidades obtengan se atribuirán a los socios, herederos o comuneros, según las normas pactadas, o a partes iguales si Hacienda no tiene constancia de las mismas.

Hacienda estudia gravar todas las plusvalías al 15%

 

La fijación de un tipo de gravamen del 15% para las plusvalías que generen las sociedades de cartera y de tenencia de bienes no es una mera casualidad. El Ministerio de Hacienda está considerando seriamente la posibilidad de reducir del 18% actual al 15% el gravamen de las plusvalías, con carácter general, con más de un año de antigüedad. æpermil;sta es otra de las recomendaciones incluidas en el informe Lagares.

 

 

 

 

 

 

 

Otras de las medidas que se están perfilando es la introducción de una deducción para los propietarios de viviendas en alquiler. La idea es que éstos se puedan deducir un porcentaje -aún por determinar, y que estaría entre el 20% y el 30%- sobre los ingresos que obtienen por esta actividad, siempre que el propietario sea una persona física y declare en el IRPF. El Gobierno estima que, de esta forma, estimulará la oferta de inmuebles de alquiler, incentivando así la movilidad geográfica de los trabajadores y que se frene la escalada de precios de las viviendas.

 

 

 

El borrador del IRPF no contempla, en cambio, ningún incentivo para las personas que alquilan una vivienda. Estos incentivos fueron suprimidos en la actual ley, que entró en vigor en 1999, quedando sólo una compensación con carácter retroactivo.

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