Multa a Repsol Butano por monopolizar las revisiones de gas
El pleno del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha resuelto imponer una multa de 300.000 euros a la compañía Repsol Butano por prácticas restrictivas a la libre competencia. En concreto, el mencionado tribunal declara en su resolución acreditada la realización por parte de Repsol Butano de una conducta restrictiva de la competencia, prohibida por el artículo 6 de la Ley 16/1989, de Defensa de la Competencia, consistente en negar a las empresas instaladoras de gas asociadas en Aseingas la información esencial sobre el mercado de revisiones obligatorias periódicas que transmite a las empresas franquiciadas del Servicio Oficial Repsol Butano, que son competidoras en dicho mercado.
Tal y como consta en la documentación remitida al tribunal, Repsol Butano distribuyó en 1999 gases licuados de petróleo (propano, butano) a un total de 12,36 millones de clientes en toda la península, lo que significa el 90% del total del mercado. No obstante, existen otros ocho suministradores de gases licuados (GLP) que distribuyen el 10% restante, aunque ninguno de ellos alcanza una cuota del 4%. Por tanto, como empresa distribuidora, está obligada por ley a recibir de las empresas instaladoras de gas la información de los usuarios de la zona a los que les corresponde revisar sus instalaciones cada año.
Tal y como denunció en 1998 la empresa Tubogas, cuando Repsol Butano se dirige a los usuarios informándoles de la próxima revisión periódica de sus instalaciones, lo hace aludiendo al Servicio Oficial de Repsol Butano, cuando existen otras empresas con capacidad para realizar ese servicio, integradas en la Asociación de Empresas Instaladoras de Gas (Aseingas).
Los denunciantes creen, por tanto, que Repsol Butano ha estado utilizando la información que está obligada a recibir como suministrador de GLP en beneficio de sus franquiciados del servicio oficial para tratar de monopolizar el mercado de las revisiones, práctica declarada prohibida por el TDC