Farmacéuticos con firma electrónica
A menudo la realidad se adelanta a la legislación. Así ha sido en el caso de la firma electrónica. Mientras el Gobierno ultimaba el anteproyecto de ley para regular ésta y otras cuestiones relacionadas con la sociedad de la información, ya habían surgido distintas iniciativas, públicas y privadas, destinadas a proporcionar servicios de certificación digital.
Recientemente se ha dado a conocer una de estas iniciativas, impulsada por diversos colegios profesionales, entre los que figura el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Barcelona. Bajo la denominación de Firmaprofesional, se han creado las bases para que todos los profesionales y las entidades colegiales que los agrupan dispongan de un sistema estándar de certificación digital y firma electrónica acorde con sus necesidades específicas.
Cada vez son más las gestiones que se realizan a través de Internet. Obtener determinadas informaciones en una página web o remitir un mensaje empleando el correo electrónico son acciones de cotidianidad creciente, dado que utilizar la red de redes nos permite ganar eficiencia, y ahorrar tiempo, dinero y energías. En ocasiones, sin embargo, Internet no ofrece las garantías que requieren ciertos trámites.
Cuando nos movemos por la red, ¿qué certeza tenemos de que nuestro interlocutor es realmente quien dice ser? Incluso siéndolo, ¿quién nos asegura que esa persona está capacitada para llevar a cabo tales gestiones? Y si lo está, ¿cuenta con la pertinente autorización?
Si llegamos a despejar todas las incógnitas sobre nuestro interlocutor, todavía nos quedan incertidumbres por resolver. Por ejemplo, ¿tienen nuestras comunicaciones telemáticas garantías de integridad y confidencialidad? Si un tercero llegara a manipular nuestros mensajes, las consecuencias podrían ser nefastas. De hecho, basta con que ese tercero pueda acceder a información restringida, aunque no llegue a manipularla, para que la confianza se resquebraje.
Pero la cuestión no se detiene aquí, sino que va más allá. Suponiendo que la identidad y legitimación del interlocutor quedaran fuera de duda, e incluso que la integridad y confidencialidad de las comunicaciones estuvieran garantizadas, ¿cómo se resuelve la cuestión del no repudio? Dicho de otro modo, ¿qué valor tienen los compromisos adquiridos a través de la red?, ¿son realmente vinculantes?, ¿tienen la misma validez jurídica que la de un documento firmado de puño y letra?
Si bien es cierto que no todos los trámites que se llevan a cabo en Internet exigen este cúmulo de garantías, no es menos cierto que determinados trámites sólo podrán realizarse de forma virtual si tales garantías son razonablemente sólidas. La función de los sistemas de certificación digital y de firma electrónica es, en esencia, brindar todas las garantías. Estos sistemas, por tanto, constituyen una herramienta de trabajo valiosa para los profesionales.
Para el sector farmacéutico las aplicaciones de los sistemas de certificación digital y firma electrónica son muy diversas y en general esperadas. Hoy, por ejemplo, ya sería técnicamente viable impulsar la receta digital. Los pacientes no necesitarían llevar consigo, físicamente, la receta para que les dispensaran los medicamentos prescritos. Los enfermos crónicos se ahorrarían muchas visitas a su médico, lo cual contribuiría a descongestionar los consultorios.
Los farmacéuticos de la provincia de Barcelona, como impulsores del sistema de Firmaprofesional, ya hemos tenido ocasión de poner a prueba su utilidad. Hoy, el colegio está presentando a la Administración catalana la facturación mensual de todos sus colegiados de forma telemática y empleando este sistema.
La nueva normativa de la Generalitat, en vigor desde octubre, establece que las farmacias catalanas deben facilitar a la Administración, además de los datos de facturación meramente económicos, la identificación de los usuarios del sistema sanitario público que durante ese mes han solicitado alguna prestación farmacéutica del CatSalut (Servicio Catalán de la Salud). La sistematización de esta información aportará a la Administración un instrumento de gestión de enorme eficacia en el campo de la fármaco-economía.
Más allá de los aspectos económicos, también debe acabar permitiendo a los profesionales de la salud tener la información integrada del historial fármaco-terapéutico, accesible tal vez on line. Así, se podrían detectar e incluso prevenir problemas relacionados con los medicamentos (PRM). Existen datos, basados en estudios rigurosos, que destacan la emergencia de los PRM y la importante dimensión que están adquiriendo en términos de salud y de coste.
Si antes de dispensar un medicamento los farmacéuticos supiéramos qué otros toma esa persona, podríamos atajar el índice de reacciones contraproducentes. Pero para que esta aplicación sea viable se requieren plenas garantías de que la persona que accede a la ficha farmacéutica esté legitimada para hacerlo. Además es imprescindible que los farmacéuticos tengan acceso a esta información desde las oficinas de farmacia.
En diciembre de 2001, el 99% de las dispensaciones realizadas en la red que constituyen las 3.000 farmacias catalanas ya aportaban los datos requeridos a la Administración sanitaria. Naturalmente, ahora es imprescindible que el Sistema Nacional de Salud considere tales datos como una información de interés sanitario y no sólo en clave de gestión económica. Se trata obviamente de información altamente sensible y no puede circular por Internet sin garantías absolutas de seguridad y confidencialidad. De ahí la importancia de la certificación digital.
Acreditar la legitimación para el desempeño de una actividad profesional es una de las principales funciones de los colegios profesionales.
No es extraño, por tanto, que ante el reto que supone seguir ejerciendo esta función en un entorno marcado por la omnipresencia de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, los colegios profesionales nos hayamos movilizado para crear un sistema de certificación digital y firma electrónica sensible a nuestras necesidades específicas.