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Endesa tendrá que pagar a los municipios el 1,5% de su facturación

Endesa tendrá que pagar a los ayuntamientos catalanes el 1,5% de su facturación bruta en el municipio, unos 7.200 millones de pesetas anuales, según cálculos de la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña rechaza el recurso presentado por la eléctrica y considera que la compañía está obligada a pagar a los ayuntamientos el 1,5% de su facturación en concepto de tasa de ocupación de suelo, vuelo y subsuelo.

La tributación local de las eléctricas ha sido un motivo de conflicto entre éstas y los consistorios desde que se inició la liberalización del sector eléctrico, en 1997. La segregación de la producción, la distribución y la comercialización de la electricidad provocó un vacío legal que permitía a estas compañías eludir el pago de esta tasa, amparándose en el hecho de que los ayuntamientos sólo facturan esta tasa a las propietarias de la red de distribución y no a las comercializadoras, aunque sean la misma empresa.

Una veintena de ayuntamientos catalanes, agrupados en la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas, aprobaron modificaciones en sus ordenanzas fiscales para que las empresas suministradoras abonasen este porcentaje del 1,5% de su facturación que prevé el artículo 24 de la Ley de Haciendas Locales. Endesa, que copa prácticamente la totalidad del mercado de la distribución eléctrica en Cataluña, presentó recursos contencioso-administrativos contra estas ordenanzas alegando que es la empresa explotadora y no la propietaria, "pasando por alto que compañías como Fecsa o Enher forman parte del mismo grupo empresarial", afirma la ACM. De momento el Tribunal Superior de Justicia ha rechazado un primer recurso contra las ordenanzas del Ayuntamiento de Puig-Reig (Barcelona), aunque la ACM espera que se pronuncie en el mismo sentido en el resto de los casos.

Argumentos

La sentencia argumenta que el hecho imponible está constituido "no tanto por la utilización privativa del dominio público como por el aprovechamiento especial del mis-mo, aprovechamiento que lle-va a cabo la parte actora, aunque no sea titular de la red de distribución de energía eléctrica".

La Federación de Municipios de Cataluña -la otra asociación de municipios existente en Cataluña- considera que las pérdidas de recaudación de los ayuntamientos catalanes por este concepto fueron el año pasado de 14.000 millones de pesetas.

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