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Competencia multa a Repsol por fijar precios a sus distribuidores

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha multado con 500 millones de pesetas a Repsol YPF por fijar los precios de venta al público de los carburantes a gran parte de las gasolineras que actúan en régimen de comisión con la petrolera.

El TDC considera probado, al igual que hizo hace un mes con Cepsa (ésta fue multada con 200 millones de pesetas), que Repsol ha incurrido en una práctica prohibida por el artículo 1.1 de la Ley de Defensa de la Competencia, al fijar los precios venta de los carburantes a los distribuidores que actúan bajo un supuesto régimen de comisión o agencia.

En cambio, a diferencia de lo resuelto por el propio tribunal en el caso de Cepsa, la infracción apreciada a Repsol YPF se refiere sólo a unas determinadas modalidades contractuales en las que el comisionista asume los riesgos de las operaciones, y que afectan a 50 de los cerca de 100 casos analizados por los ocho magistrados.

Exclusivamente para este tipo de contratos, el TDC intima a Repsol a que "cese en la fijación de los precios", e impone a la petrolera una multa de 500 millones de pesetas por prácticas prohibidas por la ley. Además, ordena a Repsol, que controla el 45% de la cuota de mercado, a que publique esta resolución en el BOE en un plazo de dos meses bajo sanción adicional de 100.000 pesetas por cada día de retraso. El presidente del TDC, Gonzalo Solana, explicó ayer que ha quedado demostrado que parte de las estaciones abanderadas no eran "comisionistas puros", como establece la doctrina comunitaria, ya que según algunas cláusulas de los contratos "asumían riesgos que no les correspondían". La denuncia fue presentada hace dos años, el 27 de abril de 1999, por la Asociación de Propietarios de Estaciones de Servicio de Andalucía ante el Servicio de Defensa de la Competencia, del Ministerio de Economía.

Un año más tarde, en mayo de 2000, los servicios del departamento que dirige Rodrigo Rato emitieron un informe en el que proponían al tribunal que condenase a Repsol, tanto por prácticas encaminadas a la imposición del precio de venta entre sus comisionistas como por supuestos abusos de la petrolera efectuados para alargar la duración máxima (10 años) de sus contratos de abanderamiento permitida por la legislación comunitaria.

Este último caso ha sido desestimado ahora por el pleno del tribunal, que "no considera acreditada la práctica generalizada" de utilización fraudulenta de las exenciones previstas en el reglamento de la CEE, relacionadas con figuras como los derechos reales de superficie, usufructo, préstamo y arrendamientos cruzados.

La resolución del TDC fue acogida ayer con agrado por parte de los denunciantes. "Nos hubiera gustado una mayor sanción pero, en cualquier caso, es muy importante que fallos como éste sirvan de estímulo a la opinión pública y a los consumidores en general para que se animen a denunciar todos los abusos de las petroleras a la libre competencia", dijo a Cinco Días el presidente de la citada asociación, Andrés Delgado. En la misma línea, el presidente de la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio, Juan Prats, pidió al Gobierno que "traslade al marco legislativo" la filosofía de las resoluciones dictadas contra Repsol y Cepsa. La confederación entiende que el fallo afecta no sólo a la muestra analizada por el tribunal, sino a las cerca de 2.000 estaciones de servicio que son comisionistas de la petrolera.

Por su parte, Repsol YPF anunció ayer que recurrirá la resolución -tiene dos meses de plazo- ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, solicitando la suspensión cautelar de su ejecución. La petrolera resalta que la sanción impuesta se refiere sólo a unas determinadas modalidades contractuales, y que el fallo no pone en cuestión la validez de los contratos vigentes con sus agentes comisionistas. Repsol YPF considera que el TDC no ha mencionado en la resolución que la modalidad contractual sancionada fue formalmente notificada a la Comisión Europea, lo que, en su opinión, "excluiría la posibilidad de sanciones", de acuerdo con el artículo 10 de la Ley de Defensa de la Competencia. "El TDC tampoco ha mencionado las directrices de la Comisión sobre acuerdos verticales, que respaldan la práctica de Repsol", añade.

Las resoluciones condenatorias de Cepsa y, ahora, Repsol son sólo la punta del iceberg de los casos pendientes todavía en los tribunales contra las petroleras por supuesto abuso de posición dominante en el mercado.

El más esperado es el que hace referencia a las denuncias interpuestas por varias asociaciones sobre una posible concertación de precios por parte de las tres principales petroleras que operan en el mercado (Repsol, Cepsa y British Petroleum), investigación abierta por la Fiscalía Anticorrupción, con el visto bueno del fiscal general del Estado, Jesús Cardenal.

De hecho, el TDC remitió ayer a la citada fiscalía una copia de la resolución contra Repsol. La Fiscalía Anticorrupción lleva ya varios meses recibiendo documentación de las distintas compañías, al igual que hizo en su día el propio TDC.

 

Un fallo muy discutido por la mitad del tribunal

La resolución del TDC ha sido muy discutida. De hecho contó con tres votos particulares de cuatro de los ocho miembros del pleno del tribunal.

El vocal y ponente del caso, Luis Martínez Arévalo, afirma en su voto particular que la multa impuesta a Repsol es "inadecuada por insuficiente", primero porque la fijación de precios es una de las prácticas que se consideran más graves en derecho de la competencia, y segundo porque la sanción es muy pequeña en comparación con la cifra de negocio (1,3 billones de pesetas en 1998) y los beneficios de la petrolera. La ley permitía al TDC imponer a Repsol un multa de hasta el 10% del volumen de ventas.

Los vocales Antonio Castañeda y Miguel Comenge han emitido otro voto particular en el que consideran, al contrario de lo que dicta el fallo, que también se encuentra acreditada la imposición de precios a los distribuidores en los que Repsol mantiene contratos en régimen de "compra exclusiva", los llamados revendedores.

Los dos vocales entienden que cuando un revendedor compra en firme se convierte en un competidor más de la red de gasolineras de Repsol, y que la petrolera mayoritaria ejerce sobre él una presión, a través de sus "precios informativos", que difícilmente podrá ser contrarrestada con una estrategia de precios independiente. Otro vocal, José Juan Franch, estima que la resolución del tribunal generará confusión e inseguridad jurídica a los operadores, por cuanto, en su opinión, no aclara la responsabilidad de cada contrato.

 

Economía abarata un 5% el gas por canalización desde hoy

El Ministerio de Economía ha rebajado a partir de hoy el precio de los gases licuados de petróleo (GLP) entre un 5,4% y un 6,6%, según una resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El precio del término variable de los GLP por canalización a usuarios finales desciende un 5,46%, pasando de 104,5 pesetas por kilogramo a 98,79 pesetas. Por su parte, el coste de los gases licuados a granel para empresas distribuidoras de GLP por canalización se sitúa en 79,53 pesetas por kilo, lo que supone un descenso del 6,6%.

Los precios máximos de aplicación se aplicarán a los suministros pendientes de ejecución el día de su entrada en vigor, aunque los pedidos tengan fecha anterior.

 

El consumo de gasolina súper cae un 25% en sólo un año

El consumo de gasolina súper en España alcanzó 3.742 millones de litros durante el año 2000, lo que representa una reducción del 24,5% respecto al registrado en el ejercicio anterior, según datos de la memoria de la Asociación Nacional de Fabricantes de Automóviles (Anfac). Este acusado descenso es fruto de la renovación del parque automovilístico ante la supresión de la gasolina con plomo, que finalmente se materializará el 1 de agosto, según el real decreto aprobado por el Consejo de Ministros, informa Europa Press.

Por otra parte, la dieselización del parque supuso en 2000 un incremento del 6% en el consumo de gasóleo de automoción. Por lo que respecta a los restantes carburantes, el consumo de gasolina sin plomo de 95 octanos creció un 18,4%, hasta 5.630 millones de litros, mientras que el de gasolina sin plomo de 98 octanos se redujo un 17%.

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