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Gasolinas

Multa de 300.000 euros a la petrolera Disa por impedir la libre competencia

La denuncia, interpuesta también contra Mobil Oil, Shell, Texaco y Esso, fue presentada por la Federación Canaria de Detallistas de Productos Derivados del Petróleo ya en 1993 y en ella se ponía de manifiesto que los contratos que suscribía la petrolera con sus abanderados, bien en régimen de reventa o de comisión, no se ajustaban a la legalidad comunitaria vigente, ya que, entre otras cuestiones, establecían una duración excesiva e imponían los precios de venta finales de los combustibles a sus gasolineros.

El TDC establece que la compañía incurrió en una conducta prohibida por el artículo 1.1 de la Ley de Defensa de la Competencia al incluir en sus contratos diversas cláusulas no permitidas.

Además de la excesiva duración de los contratos (cuyo límite legal de 10 años ha sido rebajado recientemente a 5), la resolución critica la imposición que realizaba Disa a sus asociados de vender en exclusiva sus lubricantes, así como la obligatoriedad de inspeccionar las estaciones de servicio sólo por agentes autorizados por Disa. Por último, el TDC indica como conducta restrictiva la prohibición que imponía Disa a sus gasolineros de realizar otras actividades industriales no autorizadas por ella.

El TDC ya impuso sendas multas de 3,01 y 1,20 millones de euros a Repsol y Cepsa en 2001 por fijar el precio de las gasolinas a sus asociados, si bien en el conflicto de la duración de los contratos, el TDC no encontró certificado un alargamiento ilegal de los mismos.

Por otra parte, la Plataforma Nacional de Consumidores de Carburantes se personó ayer como acusación particular en la causa abierta en la Audiencia contra las petroleras por supuesta concertación de precios.

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