<I>A vueltas con el tipo único</I>
Un mayor número de tramos puede ajustar la carga tributaria de manera más justa con relación a la capacidad económica del contribuyente.
El PSOE está elaborando una propuesta sobre el IRPF que ha causado cierto estupor y ha tenido un efecto mediático incuestionable. Al parecer, pretende conformarse como alternativa al tributo que reformó el PP y para el cual el Gobierno ya ha anunciado una segunda modificación en 2002.
En estas mismas páginas Jordi Sevilla, secretario de economía del PSOE, argumentaba a favor de "abrir un debate enmarcado en unos parámetros que, por novedosos para el amplio público, deben explicarse para evitar juicios precipitados". Y es verdad que la propuesta del PSOE que conocemos, bien es cierto que a grandes rasgos, necesita diversas explicaciones y concreciones para comprender si la regresividad que traduce puede, de alguna forma, ser matizada.
Como comenta Sevilla, la reforma del IRPF efectuada por el Gobierno del PP ha desvirtuado el impuesto conformando un reparto menos equitativo de la carga tributaria; pero también ha supuesto un coste en términos de recaudación, aunque pueda ser enjugado a corto plazo por el crecimiento y por otros tributos. La fase alcista del ciclo permite que la recaudación no se resienta (aunque en ausencia de la reforma sería potencialmente mayor), pero está por ver su impacto en un escenario económico menos boyante.
La simplificación del IRPF fue uno de los argumentos del PP, y ahora del PSOE en su alternativa, y es cierto que un impuesto más sencillo y con menores costes indirectos es un objetivo deseable, pero precisando que si no se desea perjudicar su progresividad y que se adapte, por tanto, a las circunstancias personales y económicas del contribuyente, es lógico que mantenga un cierto grado de complejidad. No es de recibo que, bajo la excusa de la simplicidad, se reduzca la progresividad fiscal.
La disminución del número de tramos en la tarifa que provocó la reforma del PP ha supuesto un efecto negativo inmediato sobre la progresividad, ya que contribuyentes con niveles de renta muy dispares son gravados al mismo tipo marginal. Con mayor número de tramos se puede ajustar la carga tributaria de manera más justa con relación a la capacidad económica del contribuyente y, desde luego, la complejidad será la misma sea cual sea el número de tramos, puesto que cada contribuyente aplica un único tipo. De la misma forma, la reducción de los tipos en la tarifa añade pérdidas de progresividad al beneficiar en mayor medida a las rentas más elevadas. Justificar esta medida por el supuesto efecto desincentivador que tienen los tipos elevados en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o aludir a la creación de empresas para beneficiarse de los tipos efectivos más bajos del impuesto de sociedades, es inaceptable. Supone admitir que esto es así porque el Gobierno lo permite, porque se considera inevitable el fraude y la elusión fiscales.
La reforma del PP también introdujo el llama-do pomposamente "mínimo vital" (mínimo personal y familiar), que no era sino una ampliación del anterior mínimo exento (el tramo de la tarifa que tributaba al 0%) con deducciones que operaban antes en la cuota. El trasvase de deducciones de cuota a base implica un beneficio fiscal tanto mayor cuanto mayor sea el tipo marginal y, por tanto, mayores sean los ingresos del contribuyente.
Las rentas salariales soportan alrededor del 80% del IRPF y la reforma tampoco solucionó, si lo pretendía, el tratamiento discriminatorio a los rendimientos del trabajo. En el impuesto reformado por el PP se aumentó la reducción que minora en la base imponible los rendimientos del trabajo, pero paralelamente desaparecía la deducción en la cuota, que funcionaba fortaleciendo la progresividad. En todo caso, para solucionar el cada vez mayor peso relativo de las rentas del trabajo en el impuesto es preciso lograr mayor tributación efectiva de los rendimientos del capital.
Por el contrario, la reforma consolidó la exclusión de las plusvalías (rentas de capital acumuladas) a largo plazo (ahora más de un año) de la base general del tributo y, por lo tanto, de la tarifa progresiva, y se las hace tributar a un tipo proporcional (en estos momentos) del 18%. Esto significa que el principio de progresividad desaparece para este tipo de rendimientos, al tiempo que se segregan las plusvalías de la base imponible general, con lo que se rompe la unidad global perseguida por el IRPF. Por supuesto que, además, se perju-dica a aquellos contribuyentes con ingresos regulares por debajo de los, aproximadamente, tres millones de pesetas, mientras que los contribuyentes con rentas regulares por encima mejoran comparativamente su situación.
Digamos también que la reducción por aportaciones a planes privados de pensiones (cada vez más generosa) es un gasto fiscal que opera en un sentido fuertemente regresivo, y que la deducción por doble imposición de dividendos se mantiene en el esquema del impuesto reformado. En este sentido, no parece lógico que para justificar la disminución de los tipos marginales máximos del IRPF se recurra al argumento de que las rentas elevadas logran en casos eludirlos constituyendo sociedades que tributan al teórico 35% del impuesto de sociedades, y a la vez primar fiscalmente su constitución disminuyendo el gravamen de los dividendos en el IRPF.
En fin, una reforma del Gobierno del PP cuyo principal objetivo fue recortar la progresividad del tributo y donde se utilizaron argumentos tales como simplificar el tributo, potenciar el ahorro a largo, incentivar la inversión y el empleo, o animar a los defraudadores a cumplir sus obligaciones fiscales. Una reforma que exige ciertamente presentar propuestas alternativas. Pero éstas no pueden acabar restando progresividad al impuesto o mermando la recaudación, si lo que se defiende es la suficiencia financiera del Estado, la progresividad en la contribución a las cargas generales y la equidad. Por muy "modernas" o "imaginativas" que se piense que son esas propuestas.
Desde luego que, como comenta Sevilla, no debemos perder de vista las realidades del mundo en que vivimos, aunque sólo sea por mantener la voluntad de transformarlas. Sirva como ejemplo que el Gobierno también aludía pa-ra justificar su reforma al contex-to comunitario afirmando, y exagerando, que la fiscalidad juega un papel crucial a la hora de atraer ahorro del exterior y de retener el ahorro interno. Esto es, se hace notar que con la moneda única no existe la posibilidad de atraer capitales con el atractivo de tipos nominales más elevados que en otros países y, por tanto, la tributación del capital cobra especial relevancia. Pero, lejos de apostar por la progresiva desfiscalización de los rendimientos del capital como hace el pensamiento conservador, puede y debe propugnarse la armonización fiscal y una mayor información y control en el espacio comunitario.
Llegados a este punto, la propuesta del PSOE plantea una "renta básica de ciudadanía" que se presenta como una cantidad que el impuesto no gravaría. El concepto no difiere excesivamente del mínimo vital o del anterior mínimo exento, pero si se articula en la cuota del impuesto y no en la base imponible, lograría corregir una cuestión que aquí se ha criticado: el trasvase de deducciones en la cuota a la base del tributo que provocó la reforma del PP y que beneficia más que proporcionalmente a las rentas más elevadas. Ahora bien, si la propuesta se acompaña con la idea de simplificar la tarifa hasta uno o dos tipos de gravamen (acabando definitivamente con la progresividad de la tarifa) el conjunto sólo puede significar un tributo que deje mucho que desear en términos de suficiencia, progresividad o equidad.
Claro que la progresividad del tributo no puede medirse sólo por el número de tramos, pero por mucho que se intente fijar adecuadamente el porcentaje del gravamen y el nivel del mínimo exento, no será difícil comprobar a qué niveles de renta beneficia esta propuesta. En otras palabras, una tarifa razonable en términos de tramos y tipos es la que permite modular la carga tributaria de forma más justa con relación al nivel de renta. No vamos a insistir en la debilidad de los argumentos (fraude o evasión legal) que utiliza el PSOE para justificar un tipo único en el IRPF.
Porque es posible corregir los efectos negativos de la reforma del Gobierno desde una óptica progresista. Vale la pena recordar los contenidos del acuerdo en materia fiscal entre IU y PSOE en las últimas elecciones generales, en que se contemplaba un reparto más justo de la carga del tributo y una lucha eficaz contra el fraude y la elusión fiscales, verdaderas lacras en nuestro país que vulneran la equidad en la distribución de los impuestos. Con un sistema fiscal más justo y progresivo podremos hacer frente, por ejemplo, a la mejora de nuestra protección social. Y lo haríamos defendiendo la íntima relación entre las propuestas fiscales y los recursos necesarios para financiar las políticas de gasto público.