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Una sentencia impide las inspecciones de Hacienda ante indicios de delito penal

Llevar una doble contabilidad es un delito, pero no es fraude fiscal. Este hecho impide que los inspectores de Hacienda puedan entrar en un local a fin de confirmar sus averiguaciones. Según una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la posibilidad de registrar dicho local es una competencia del orden jurisdiccional penal.

Esta sentencia tiene su origen en una inspección de Hacienda que detectó que una empresa llevaba contabilidades distintas para una misma actividad y ejercicio. A fin de descubrir esta situa-ción, los inspectores debían acceder a los locales donde se encontraba dicha contabilidad. Sin embargo, un auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona le denegó esta autorización.

Por este auto, los inspectores no pudieron entrar en los locales de la empresa a fin de comprobar, registrar e incautar documentación sobre los impuestos de sociedades y el IVA. La Agencia Tributaria recurrió esta situación. Ahora, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña del 20 de diciembre confirma que ante un hecho, como es llevar doble contabilidad, que está tipificado en el Código Penal, la Administración tributaria debe renunciar a sus investigaciones y dejar que sean el ministerio fiscal (órganos de la Administración de Justicia y no de Hacienda) quienes se encarguen del caso. De no ser así, señala la sentencia, se produciría "una actuación de un órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa en un ámbito competencial que le es ajeno". La sentencia, que puede consultarse en el portal jurídico datadiar.com, estima que nada impide que posteriormente puedan investigarse los hechos si es que además constituyen una defraudación fiscal.

Pero, dado que la existencia de un delito contable (llevar la doble contabilidad) puede existir sin la existencia de una defraudación delictiva, en un primer momento "no puede considerarse constitucionalmente legítima una solicitud administrativa de entrada y registro".

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