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Condenada una caja de ahorros por un error en el registro de morosos

El Juzgado de Primera Instancia número 56 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que declara vulnerado el derecho al honor de unos clientes de la Caixa D'Estalvis del Penedès por haber sido incluidos en un registro de morosos sin que tuvieran deuda alguna.

La sentencia condena a la entidad de ahorros a pagar 1,5 millones a los perjudicados y a eliminar todos los datos personales de los clientes que consten en el registro denominado Asnef-Equifax (Asociación Nacional de Entidades Financieras). Esta sentencia será publicada en el número 470 de Actualidad Jurídica Aranzadi.

Según los hechos relatados en la sentencia, los clientes de la entidad recibieron una carta en diciembre de 1997 en la que se les indicaba que Asnef-Equifax, a instancia de Caixa D'Estalvis del Penedès, habían sido incluidos en su registro como "deudores". Como tenían la certeza de no tener deuda alguna no conservaron la carta. En mayo de 1998 les fue denegada la financiación para la adquisición de un vehículo por encontrase registrados en el mencionado registro de deudores. Consiguieron averiguar que en el registro se afirmaba que debían a la entidad de ahorros más de 2,5 millones. Datos que eran "erróneos". La entidad demandada reconoció que no existía una deuda y alegó que a pesar de que se cuentan "con medidas de seguridad, no obstante puede haber fallos humanos que den lugar a errores informáticos como el del presente caso".

El Juzgado, sin embargo, tacha la actuación de la entidad como "negligente, constitutiva de una intromisión ilegítima y vulneración de los derechos fundamentales en el honor" porque entrega unos datos de un cliente "sobre los cuales tenía un deber de confiabiliad" y no comprueba la veracidad de la deuda.

En la sentencia se considera que este caso ocasiona un daño moral. Por ello, corresponde fijar el pago de una indemnización dada "la intromisión en la esfera personal y patrimonial".

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