El Tribunal de Madrid aclara el régimen de exclusividad del médico
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado una sentencia en la que declara compatible el cobro del complemento de exclusividad que perciben los médicos del Insalud con el ejercicio de una actividad de gestión de alquileres pertenecientes al patrimonio familiar.
El fallo, que anula una sentencia anterior de un juzgado de lo social de Madrid, recuerda que el complemento específico que perciben los médicos de la Sanidad pública "retribuye las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo, en atención a su dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad...".
Según la sentencia actual, las cantidades percibidas en concepto de este plus (que en el caso juzgado ascienden a más de 100.000 pesetas mensuales) "se conceden al personal del Insalud por dedicación exclusiva a la Sanidad pública, de forma que su percepción tan solo impide el desarrollo de actividades privadas dentro de la sanidad".