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INMOBILIARIO

La nueva Ley de Enjuiciamiento Civil abre paso a la privatización de las subastas judiciales

El próximo lunes entra en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil y, con ella, la posibilidad de que las empresas privadas organicen regularmente subastas judiciales.

La experiencia piloto realizada el año pasado por iniciativa del magistrado juez decano de Madrid Fernando Fernández Martín "ha despertado el lógico interés de otras comunidades autónomas, cuyos jueces y decanos seguro que pondrán en funcionamiento este sistema", opina el juez Fernández.

Gabriel Bellido, director general de la sociedad especializada en subastas inmobiliarias European Estates, no tiene la menor duda de que la organización de las subastas judiciales por empresas privadas se va a generalizar.

"Se ha demostrado que los procedimientos privados son útiles para llevar a cabo procesos de la Administración pública que hasta ahora no eran conocidos ni accesibles", comenta Bellido. "Está claro que si la Administración pública y las entidades implicadas no toman el testigo de la labor desarrollada por las empresas privadas, sería incongruente con lo que demanda el público en general", precisa. El director de Gesinar Subastas Inmobiliarias, Miguel Ángel Conde, indica que ya se han dirigido a esta sociedad "otros decanatos de plazas muy importantes" y que están teniendo "un eco muy positivo entre cajas y bancos para colaborar en la subasta de bienes embargados".

European Estates y Gesinar colaboraron con el juez decano de Madrid en la organización de la subasta inmobiliaria piloto cuyo buen resultado ha abierto la posibilidad de que el sistema experimentado en Madrid se generalice con la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil.

El director general de European Estates lo ve claro. "Basta con recordar el resultado obtenido en la subasta previa que organizamos y las ventajas que supone. Se vendió aproximadamente el 75% de los lotes subastados, cuando lo normal en las subastas judiciales es que se adjudique del 40% al 50%".

En cuanto a las ventajas de este sistema, Gabriel Bellido destaca que "permite al deudor obtener un precio de mercado por el inmueble embargado, y al comprador, acceder a las oportunidades inmobiliarias que ofrece el mercado de las subastas judiciales, hasta ahora vetado al gran público por la persona del subastero".

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