Pensiones: un pacto fuera del Pacto

En España nos gusta llegar a acuerdos fuera de los foros apropiados para ello, y si esos acuerdos son en los pasillos, mejor

De izquierda a derecha: Gerardo Cuerva (Cepyme); Antonio Garamendi (CEOE); Yolanda Díaz (Ministra de Trabajo); Unai Sordo (CC OO); Pepe Álvarez (UGT).EFE

Verano, tiempo de vacaciones. Y justo antes del parón de agosto, el Gobierno anunció el 31 de julio que ha llegado a un pacto con la patronal —CEOE y Cepyme— y los sindicatos —UGT y CC OO— para, según dicen, flexibilizar la jubilación.

Ante el progresivo descuadre de las cuentas de la Seguridad Social, cuyo déficit al cierre de 2024 se prevé que sea en el sistema contributivo del entorno del 3,4% del PIB, se pretende incentivar a los trabajadores para continuar en activo más allá de su edad de jubilación.

El pacto —que tardará todavía tiempo en verse reflejado en el Boletín Ofi...

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Verano, tiempo de vacaciones. Y justo antes del parón de agosto, el Gobierno anunció el 31 de julio que ha llegado a un pacto con la patronal —CEOE y Cepyme— y los sindicatos —UGT y CC OO— para, según dicen, flexibilizar la jubilación.

Ante el progresivo descuadre de las cuentas de la Seguridad Social, cuyo déficit al cierre de 2024 se prevé que sea en el sistema contributivo del entorno del 3,4% del PIB, se pretende incentivar a los trabajadores para continuar en activo más allá de su edad de jubilación.

El pacto —que tardará todavía tiempo en verse reflejado en el Boletín Oficial del Estado— busca facilitar que una persona que siguiese trabajando después de los 65 años, no tenga que esperar una anualidad completa para ver mejorada su pensión. En la actualidad, un trabajador tiene derecho a recibir un incremento adicional del 4% por cada año completo de retraso con respecto a su edad de jubilación. El acuerdo establecería que en el futuro se pudiera prorratear ese 4% y no esperar al año completo. Es decir, migajas de dudoso efecto.

Hay que remontarse a 2010 cuando el Gobierno socialista —liderado por Zapatero— por imperativo legal impulsó retrasar la edad ordinaria de jubilación de 65 a 67 años, aplicándose coeficientes reductores en caso de jubilación anticipada a esos 67 años. Esta cuestión se reflejó en la Ley 27/2011 con un periodo transitorio previsto hasta el 2027 y, esa misma ley, estableció que el Gobierno realizaría un estudio actuarial sobre los coeficientes reductores y amplificadores de la pensión —en caso de retrasar la jubilación más allá de la edad legal prevista— al objeto de evaluar su adaptación a los principios de proporcionalidad y contributividad al sistema.

Pasados 14 años, las conclusiones son las mismas. Que no es concebible, en igualdad de condiciones, que los coeficientes reductores anualizados estén en una horquilla del 6% al 10,5%, pero que los amplificadores se sitúen en el 4%; que no existe estudio actuarial que soporte esta disparidad entre ampliar o retrasar, incluso que no es concebible en términos de política social, cuyo objetivo sería fomentar alargar la edad de jubilación; y que el estudio actuarial da como resultado un porcentaje único, reductor o ampliador del 6,5%. El coeficiente debería ir reduciéndose a medida que se proyectan los cálculos a años venideros, y ello por el aumento de la esperanza de vida en cada edad.

Los contenidos del Pacto de Toledo de 1995, 2003, 2011 y 2020 relativos a la necesidad de reforzar el principio de contributividad, como elemento básico para preservar la equidad y el equilibrio financiero del sistema contributivo, indican que resulta conveniente seguir avanzando en una mayor adecuación entre el esfuerzo de cotización realizado por cada trabajador y su pensión, aspectos que se está llevando a cabo en los países de nuestro entorno.

En España, desde la perspectiva de la contributividad, todavía quedan pendientes avances, al menos cuatro, que realizar. Así, en un primer lugar se debería computar para el cálculo de la pensión la totalidad de la vida laboral y realizar su cálculo sobre los períodos e importes de cotización real. Además, se han de ajustar los coeficientes reductores en la jubilación anticipada, o amplificadores en caso de retraso de la jubilación; para en un tercer lugar adaptar la escala de porcentajes por años cotizados aplicable a la base reguladora para calcular la pensión, habiéndose mantenido un 50% en caso de haber cotizado 15 años, cuando aplicándose el principio de contributividad ese coeficiente debería reducirse al 39%. Y, por cuarto y último lugar se debería acompasar las bases máximas de cotización y la pensión máxima.

Pero en España nos gusta hacer pactos fuera de los foros apropiados para hacer pactos, y si esos pactos son en los pasillos, mejor. Porque las pensiones deben ser un pacto de Estado y para ello ya nos hemos dado el foro en sede parlamentaria: el Pacto de Toledo, que es el pacto con mayúsculas. En pensiones no debemos hacer un pacto fuera del Pacto.

Luis María Sáez de Jáuregui es vicepresidente de la fundación AXA.

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