José Antonio Bravo (Àgora): “Aún hay gente que cree que no tiene que declarar sus criptomonedas”

El asesor fiscal sostiene que todavía perviven muchas malas prácticas entre los inversores del sector, y advierte de que las inspecciones tributarias crecerán

José Antonio Bravo, responsable de fiscalidad de Àgora, en una imagen cedida.

Hace casi una década, el asesor fiscal José Antonio Bravo (Valencia, 55 años) vio una oportunidad. Las criptomonedas estaban en auge, pero sus inversores algo desorientados. ¿Había que declarar las ganancias de un activo tan joven y novedoso? ¿Cómo hacerlo? Ese nicho, que en un principio fue solo una parte de su trabajo, es desde hace tres años su única actividad: hace unas 150 declaraciones de la renta al año como responsable de fiscalidad de criptoactivos de Fiscal Crypto by Àgora, lo que le proporciona un acceso privilegiado a las dudas e inquietudes de los inversores minoristas. “Mucha gente no sabe muy bien lo que hay que hacer”, dice en una videollamada con este diario desde Valencia, donde teletrabaja.

Pregunta. ¿Cuáles son las principales consultas que le llegan?

Respuesta. Estamos dando mucha información las personas que nos dedicamos a esto, pero al principio era un caos. Nos llegaban preguntas como: ¿Y cuando las vendo tengo que declarar la ganancia? ¿Tengo que declararlas solo por tenerlas? Es muy importante llevar los registros. Aquí normalmente no pasa como con las acciones, que la gente compra y las vende tres años después, sino que puedes estar comprando y vendiendo en el día varias veces. Llevar registros de todo eso es muy complejo, así que nos consultan mucho sobre cómo mantener esos registros o sobre qué les va a pedir Hacienda.

P. ¿Los exchanges facilitan a Hacienda toda la información de las operaciones de sus clientes?

R. Desde 2023 informan de todos los movimientos realizados dentro. Entradas, salidas, compras, ventas... Y de los saldos a final de año. Eso los exchanges situados en España, que son a los que puede obligar la Agencia Tributaria. En la UE, estarán obligados a informar a sus haciendas en cuanto transpongan la directiva de cooperación administrativa, antes de finales de 2025, algo relevante porque Coinbase o Kraken están en Irlanda, y Crypto.com está en Malta. A su vez, sus haciendas pondrán a disposición del resto de países de la UE esa información. Es decir, si un ciudadano español compra en un exchange maltés, esa información estará disponible para la hacienda española.

P. ¿Cómo tributan las criptomonedas?

R. El principal hecho imponible es el de las transmisiones. Es decir, yo tengo una criptomoneda y o bien la cambio por dinero o la cambio por otra criptomoneda. En ese caso vamos a tener una ganancia o pérdida patrimonial. Si has hecho varias compras, el cálculo se hace primero respecto al precio de adquisición de las más antiguas, como sucede con las acciones. Cuando se hacen 50 compras al año es complejo. Las ganancias tributan en la base del ahorro, entre el 19 y el 28%.

Luego hay otros hechos imponibles más atípicos, como rendimientos del capital mobiliario, si depositamos por ejemplo en un smart contract nuestras criptomonedas y nos dan rendimientos por ellas, o si recibimos criptomonedas como regalo de un exchange. También si donamos criptomonedas y hay una ganancia patrimonial si el valor de transmisión es superior al de adquisición, que debe ser declarada por la persona que las recibe, igual que en supuestos de herencia. O en caso de un préstamo de criptomonedas habría que ir al impuesto de transmisiones. Sin olvidar el modelo 721, donde declaramos el saldo de criptomonedas que tenemos en el extranjero a 31 de diciembre.

P. ¿Hay mucho que no se declara?

R. Aún existe gente que cree que no tiene que declarar. Hay gente que no lo declara o no lo hace correctamente, pero hay que tener en cuenta que Hacienda controla la rampa de entrada, cuando mandamos dinero desde nuestro banco a un exchange, y la de salida, cuando nos llega dinero desde la plataforma a nuestro banco. Si no declaráramos porque no estuviéramos obligados las monedas en el extranjero, Hacienda, aún así, lo podría saber, porque sabe los IBAN de los exchanges que están en el extranjero. Y tiene capacidad para tratar esos datos, como ya está haciendo.

P. ¿Está habiendo multas por no declarar?

R. De momento, sanciones por no declarar criptomonedas no he visto personalmente, pero sí muchos requerimientos y declaraciones complementarias. Se están haciendo desde hace tres o cuatro años a contribuyentes, algunos se han solucionado con una mera declaración con el recargo que corresponda, pero sanciones en sí no he visto. No ha habido una actividad de caza al dueño de criptomonedas, sino más bien de enseñar cómo se debe hacer.

P. ¿Existen todavía lagunas legales?

R. El problema es que casi toda la normativa se ha realizado a través de consultas vinculantes. Es decir, un contribuyente hace una pregunta y Hacienda responde con cómo se debe declarar. Así conocimos, por ejemplo, en 2018, el criterio sobre si había que declarar o no los cambios entre criptomonedas. En ocasiones puede haber disputas interpretativas entre la Administración, los asesores fiscales y la doctrina que puede llegar a los tribunales, pero el vacío legal de que las criptomonedas no estén nombradas no existe. Aunque no estén nombradas, se presupone, por su definición como activos, que pueden producir ganancias y pérdidas patrimoniales por los que hay que tributar.

P. ¿Los asesores están lo suficientemente formados para lidiar con los criptoactivos?

R. Hay muchos asesores que dicen que tienen formación suficiente, pero a veces me rebotan clientes porque no cumplimentan suficientemente bien los impresos. Hay que conocer bien no solo las consultas vinculantes y la normativa, sino el campo técnico, que es donde más suelen fallar los asesores. Cómo funciona bitcoin, la blockchain, las criptomonedas... para ver qué hecho imponible se produce en cada momento. Por ejemplo en casos como los swaps o los pulls de liquidez me encuentro muchos asesores que no saben interpretarlos, En estos pulls dejamos criptomonedas para proporcionar liquidez a terceros y a cambio nos dan un rendimiento. Es un rendimiento de capital mobiliario, como he dicho antes, pero luego se produce un cambio de monedas. Me cambian la composición, por ejemplo, de ethereum y USDC a otras. ¿Y qué pasa ahí? Hay que saber cómo funciona para saber cómo tributa esa permuta de monedas.

P. ¿Qué malas prácticas te has encontrado en estos años?

R. Hay gente que ha realizado compras en exchanges de las que no informan y de las que no guardan ningún registro y creen que no van a tener que declararlas. Y se encuentran con que cuando las van a vender van a tener problemas, porque no van a poder declarar su origen [cuando ese capital llegue al banco]. Si no lo haces bien te puede pasar como a esa persona que tiene mucho efectivo porque ha vendido algo en negro, pero no lo puede sacar de su caja fuerte porque es como declararse culpable. Por eso recomiendo guardar registros siempre, se tenga o no pensado vender, aunque lo tengas para acumularlo para dentro de 20 años, porque quizás lo necesites hoy o mañana para cambiar de coche. Hay gente que como no sabe el origen quiere poner que su valor era cero. Claro, pero ¿cómo le explicas tú a Hacienda que tienes una criptomoneda de valor cero? ¿De dónde la has sacado? La criptomoneda algún origen debe tener. También me encuentro muchas veces con contribuyentes que han perdido datos o no los han guardado, y se encuentran con un dinero ahí que no les vale para nada porque no lo van a poder cambiar en exchanges.

P. En un sector teóricamente en crecimiento como este, ¿crees que aumentará la demanda de asesoramiento?

R. En el futuro van a venir bastantes inspecciones a gente que no está declarando sus criptomonedas o no lo ha hecho correctamente, así que va a haber una demanda bastante grande.

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