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En colaboración conLa Ley

2025, crónica de un año judicial de infarto

La condena al fiscal general, la huelga de los jueces y las reformas de los tribunales marcan el paso de un año de vértigo. Moncloa saca pecho y ve brotes verdes

Ha sido un año convulso en el terreno judicial —y para muchos esta descripción se quedará corta—. Al empezar 2025, existía una sensación de nerviosismo en los pasillos de los juzgados. La razón era que el Ministerio de Justicia arrancaba el año con la mayor reforma judicial de la democracia. Los juzgados pasaban a ser tribunales de instancia y las partes involucradas en un conflicto estarían obligadas a intentar un acuerdo antes de acudir al juez. En el año que termina, jueces, funcionarios y abogados han denunciado prisas, falta de funcionarios, de recursos, de presupuesto y de instrucciones. Y bajo un enfoque político inevitable no han faltado acusaciones de que todo responde a un plan para mermar la independencia de los jueces.

Sumado a la insólita condena del fiscal general del Estado, la huelga de jueces o la polémica por la reforma de la figura del fiscal, dejan un año judicial de vértigo. Esta es la crónica de 12 meses de infarto en el mundo de las togas.

La gran reforma

El texto que marcó el calendario fue la Ley Orgánica 1/2025, también conocida como Ley de Eficiencia de la Justicia. La norma marcaba tres fechas clave: 1 de julio, 1 de octubre y 31 de diciembre. La sensación general entre los operadores jurídicos es que la norma ha entrado en vigor a trompicones, sin instrucciones suficientes para abordar una operación de ingeniería de esta magnitud. El plan de Justicia pasaba por cambiar los requisitos de admisión de las demandas, los nombres de los juzgados (ahora se llamarán Tribunales de Instancia), la distribución de las oficinas administrativas y la organización de toda la planta judicial. Y hacerlo todo en 12 meses.

“Los problemas están en el ‘estajanovista’ calendario de implantación elegido por el Ministerio de Justicia, unido a la falta de una dotación presupuestaria adecuada”, denunció este verano, en un acto del Consejo General de la Abogacía Española, Miguel Alfonso Pasqual, magistrado del Tribunal Superior de Murcia.

En una nota informativa, emitida el pasado lunes tras la Conferencia Sectorial de Justicia, el ministerio reafirmaba su intención de finiquitar la reforma el 31 de diciembre, a pesar de la cascada de quejas de asociaciones de jueces, fiscales, funcionarios y Letrados de la Administración de Justicia, que advierten no tener medios ni instrucciones para afrontar la nueva organización. Si bien Justicia flexibilizará los plazos de la reforma en los territorios más rezagados. “El Ministerio y las comunidades autónomas han acordado también por unanimidad dotar de cierta flexibilidad a todos los partidos judiciales de tal manera que la entrada en funcionamiento de los equipos que lo requieran se realizará de forma progresiva en función de las necesidades organizativas y de cargas de trabajo, sin afectar, en ningún caso, al servicio público de justicia que se presta a la ciudadanía. En todo caso, los medios personales y materiales están ya a disposición de los tribunales de instancia”.

Colapso

Los titulares de los juzgados de violencia de género anticiparon una situación de “colapso total”. Así lo plasmaron en una carta remitida al ministro, en marzo, firmada por 135 jueces. Como explicaba la misiva, la Ley Bolaños prevé que estos juzgados pasen a conocer todos los delitos de violencia sexual donde la víctima sea mujer. Hasta la fecha, estos asuntos eran derivados a los juzgados de lo penal. Con el nuevo organigrama, los jueces de violencia de género pasan a asumir un 20% más de trabajo, trabajo que tendrán que encarar con los mismos medios en unas oficinas ya desbordadas, según su denuncia.

La reacción de Bolaños no se hizo esperar y el ministro anunció nuevas plazas de jueces. En concreto, 1.440 en un plan de tres años, hasta 2027; y 50 para violencia de género este año.

Pero frente a los micrófonos, Bolaños insistía en que con los tribunales de instancia no sería necesario crear plazas de cero para reforzar aquellas sedes desbordadas. Más bien bastaría con ordenar traslados dentro de la misma unidad administrativa, lo que reducía la burocracia y los gastos. Pero los jueces han insistido en que solo juristas especialistas, es decir, aquellos que han recibido formación en violencia machista, pueden juzgar esta clase de delitos.

El cambio tuvo efectos el 1 de octubre, por lo que es pronto para juzgar su impacto.

Huelga histórica

Las explicaciones de Bolaños no apaciguaron los ánimos. La crispación era creciente y alimentada por una polémica reforma del Estatuto Fiscal y la intención de incluir en la carrera a 1.004 jueces y fiscales sustitutos vía estabilización, es decir, sin pasar una oposición ordinaria. El enfado de los jueces y fiscales culminó con una huelga general sin precedentes en la judicatura celebrada en julio, la primera que duraba tres días consecutivos.

Un éxito según los convocantes (cifraron el seguimiento en un 70%) y de tibio alcance según el Gobierno (redujo la cifra al 31,04%). En cualquier caso, el 28 de junio, centenares de miembros de la judicatura blandieron pancartas y entonaron cánticos en la Plaza de París del Tribunal Supremo, en una postal inaudita. El grito más repetido fue para exigir “independencia judicial”. Horas antes, el Poder Judicial había dejado claro que la huelga carecía de sustento legal.

Menores

En el mundo de los abogados, en 2025, el ojo del huracán se posó en los métodos adecuados de resolución de conflictos (MASC), obligatorios en la mayoría de pleitos civiles con la Ley Bolaños. El carácter obligatorio de los MASC levantó ampollas por varios motivos. En varias apariciones públicas, Isabel Winkels, vicedecana del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), defendió que la obligación de acudir a un MASC genera demoras en pleitos muy sensibles con menores.

En noviembre, la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) presentó una queja al Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, alertando que los MASC entorpecerían 40.000 procesos de divorcios y separaciones con menores al año. “¿Se imaginan que el régimen de visitas con los hijos o el pago de los alimentos se demora todavía más? Pues está sucediendo”, denunció Lola López-Muelas, presidenta de la AEAFA.

Ruleta rusa

Los MASC no han cosechado buena fama entre los abogados. Es un malestar entendible —y es imposible ignorar este extremo— habida cuenta de que un acuerdo fuera de los juzgados supone una factura en servicios legales menos abultada. El primer sondeo sobre la aceptación de la medida entre los letrados, realizado en octubre por el ICAM con más de 1.000 abogados madrileños, refleja este enfado: el 82% de los encuestados suspendió la reforma, pero además, uno de cada dos le otorgó una puntuación de cero de diez puntos. El 90% aseguró que la norma ha traído más retrasos. Y el 71% afirmó que los requisitos de procedibilidad son demasiado dispersos, lo que ha alimentado la sensación de inseguridad jurídica.

Datos

Hace unos días vio la luz un dato revelador: los órganos judiciales españoles registraron entre julio y septiembre un total de 1.519.584 nuevos asuntos, un 12,5% menos en comparación con el mismo periodo de 2024, según las cifras del CGPJ. Y más sorprendente es que, en el orden civil, la jurisdicción donde los MASC tienen efecto, la tasa de nuevos litigios descendió un impresionante 30,9%.

¿Está reduciendo la Ley Bolaños la litigiosidad? Es una posibilidad. La pregunta, en cualquier caso, es a qué precio: es imposible saber si lo que crecen son los acuerdos extrajudiciales exitosos, el objetivo, o más bien las demandas archivadas por no cumplir con el papeleo. Moncloa saca pecho y habla de brotes verdes; la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, la mayoritaria, tacha el discurso de “triunfalista” y asegura que lo que se está creando es un tapón de asuntos estancados. Según el sondeo del ICAM, un 10% de los intentos de arreglo entre las partes se materializa en un acuerdo entre las partes.

Cisma

En octubre, en un giro de guion que pocos esperaban, el bloque conservador consiguió revalidar su mayoría de la Comisión Permanente del CGPJ. Ocurrió tras una votación de infarto, con el inesperado voto favorable de Carlos Hugo Preciado, el vocal propuesto por Sumar, y el voto de la presidenta, Isabel Perelló. El suceso rompía el delicado equilibrio de poderes que nació de la renovación de los veinte vocales del Consejo en el 2024. La fotografía ahora es distinta: 10 vocales conservadores, nueve progresistas y el voto independiente de Preciado. Mientras que la presidenta, Perelló, ha dejado claro que no se casa con nadie.

El episodio del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, condenado por filtrar el correo del abogado de Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, y por emitir una nota de prensa para desmentir una noticia incorrecta, es el colofón a un año judicial repleto de turbulencias. La previsión es que 2026 no sea más tranquilo. La renovación de Cándido Conde-Pumpido como presidente del Tribunal Constitucional, cuyo mandato expiró el 17 de diciembre, y para el que no se ha dado un acuerdo de renovación, ya anuncian nubarrones de bloqueo y las primeras curvas del año.

Las sentencias del año

Amnistía. El 26 de junio, el pleno del Tribunal Constitucional avaló la Ley de Amnistía, con el voto a favor de los seis magistrados progresistas contra cuatro conservadores. Hay pendiente un pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el asunto, pero el Abogado General de la UE, hace unos días, se posicionó en sintonía con el Constitucional.

Indemnización. El 16 de julio, el Tribunal Supremo cerró un espinoso capítulo en el terreno laboral al sentar que las indemnizaciones adicionales por despido improcedente, por cuantías por encima de lo que fija el Estatuto de los Trabajadores, no están reconocidas por la ley. Varios jueces habían concedido estos finiquitos extras para garantizar una “indemnización adecuada”, como dictan los organismos internacionales. Pero la Sala, tajante, sentenció que la indemnización “no puede verse incrementada por vía judicial”. Con un matiz relevante: los magistrados dejaron claro que la Carta Social Europea no es de aplicación directa si sus preceptos no son claros o imperativos.

Pisos turísticos. El 2 de septiembre, el Tribunal Supremo zanjó, una vez más, la controversia sobre los pisos turísticos en las comunidades de propietarios, avalando los acuerdos de vecinos que los prohíban expresamente. Desestimó el recurso interpuesto por dos copropietarios y confirmó su doctrina anterior.

IRPH. El 12 de noviembre, el Tribunal Supremo falló a favor de la banca en dos sentencias pioneras sobre Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), las primeras tras el pronunciamiento del TJUE. El Alto Tribunal cerró la puerta a declarar abusivas todas las cláusulas de este estilo —lo que refuerza la postura de la banca— y fija pautas para identificar signos de nulidad.

Fiscal general. El 20 de noviembre, El Tribunal Supremo condenó a Álvaro García Ortiz por un delito de revelación de secretos a pena de multa y 2 años de inhabilitación para el cargo de fiscal general del Estado.

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