El Supremo da la razón a los pensionistas: el complemento de paternidad no prescribe
Esta sentencia sienta un precedente importante en la protección de los derechos de los pensionistas y refuerza la aplicación del principio de igualdad

El Tribunal Supremo ha zanjado una cuestión clave para miles de pensionistas en España, el complemento de paternidad no prescribe. Con esta decisión, el Alto Tribunal despeja las dudas jurídicas que habían surgido en torno a la posibilidad de reclamar este derecho y abre la puerta a nuevas solicitudes por parte de los jubilados afectados.
El complemento de paternidad en las pensiones fue introducido en 2016 como un beneficio exclusivo para las mujeres con dos o más hijos, bajo el argumento de compensar su impacto en el mercado laboral. Sin embargo, en 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que la exclusión de los hombres de este beneficio constituía una discriminación por razón de sexo, obligando a España a reconocer este derecho también a los padres en igualdad de condiciones.
Desde entonces, miles de pensionistas han reclamado este complemento, pero se encontraron con un obstáculo inesperado: la interpretación de la Seguridad Social sobre la prescripción del derecho. La administración sostenía que los jubilados que no hubieran reclamado en un plazo de cinco años perdían su derecho a percibirlo. Ahora, el Supremo ha tumbado esta tesis y ha reconocido que no existe un plazo límite para solicitarlo.
Esta sentencia no solo supone un alivio para los pensionistas que aún no han reclamado el complemento, sino que también refuerza la seguridad jurídica en la aplicación de los derechos reconocidos por la jurisprudencia europea. Con esta decisión, se confirma que la discriminación reconocida por el TJUE debe ser reparada sin limitaciones temporales arbitrarias impuestas por la administración.
Este pronunciamiento tiene una repercusión directa en miles de personas que, hasta ahora, habían visto frustradas sus expectativas de reclamar el complemento. Al eliminarse la barrera de la prescripción, se abre la posibilidad de que un número considerable de pensionistas puedan solicitar lo que les corresponde.
Los jubilados que cumplan los requisitos podrán iniciar sus reclamaciones sin el temor de que su derecho haya caducado. Sin embargo, la Seguridad Social aún deberá definir cómo se implementará esta sentencia en la práctica.
Lo que queda claro es que esta sentencia del Supremo sienta un precedente importante en la protección de los derechos de los pensionistas y refuerza la aplicación del principio de igualdad. Es un triunfo para quienes han luchado por una equiparación real de derechos y una muestra de que la justicia, cuando actúa con rigor, es capaz de corregir desigualdades estructurales.
Ante este nuevo escenario, los pensionistas que cumplan los requisitos deben informarse y, en caso de no haber solicitado el complemento, iniciar su reclamación lo antes posible.
La sentencia del Tribunal Supremo marca un hito en la protección de los derechos de los pensionistas y deja claro que la discriminación, una vez reconocida, debe ser corregida sin restricciones artificiales. Un paso más hacia la igualdad real en el sistema de pensiones español.