Adiós, juzgados: una reforma que lo cambia todo
La justicia encara la mayor reorganización de su planta judicial en décadas; los funcionarios ponen el foco en un problema crónico: la falta de medios y de personal
Los juzgados y tribunales españoles viven su particular metamorfosis. En el año que arranca, la planta judicial del país vivirá su mayor reorganización en los últimos 70 años. Abogados, procuradores, jueces, fiscales, graduados sociales, letrados de la Administración de Justicia y funcionarios –y, por supuesto, los ciudadanos– tendrán que acostumbrarse a que los juzgados serán cosa del pasado. Estos órganos unipersonales, en los que la máxima autoridad es un juez o un magistrado, ya no serán el primer escalón para solicitar ayuda a la justicia; serán sustituidos por una nueva figura, los tribunales de instancia, donde ganará protagonismo la toma de decisiones de forma colegiada.
No es un mero cambio de terminología; la reforma, más bien, esconde una auténtica reformulación de la maquinaria judicial. La reforma, de plazos ajustadísimos (el Gobierno espera culminar esta reorganización el 31 de diciembre de 2025), busca dos objetivos: reducir la burocracia y recortar el número de recursos judiciales. El plan pasa por unificar las sedes, rebajar el número de oficinas y que los trámites sean telemáticos para evitar desplazamientos inútiles. El primer paso, mastodóntico, pasa por transformar 3.800 juzgados en 431 tribunales de instancia, unas ventanillas públicas que funcionarán a modo de oficinas multipuerta.
Los actores del sector legal admiten que la normativa recoge novedades que reman en la buena dirección, pero también detectan lagunas. CincoDías ha consultado a las principales asociaciones y consejos profesionales para una primera valoración de esta norma. La opinión general es que la ley, aunque bienintencionada, será papel mojado sin líneas de financiación. Existen serias dudas sobre si la otra medida estrella, la obligación de hablar con un “tercero neutral” antes de llamar a las puertas del juzgado, será el camino para reducir la litigiosidad o, en cambio, engordará el papeleo.
Estas son las claves de bóveda de la reforma.
Tribunales de instancia
La llegada de los tribunales de instancia es la gran novedad. La intención de esta nueva figura es facilitar la movilidad de los jueces entre las secciones de un mismo tribunal (las secciones equivalen a los actuales juzgados). Así, por ejemplo, no habrá que crear un juzgado de cero (algo costoso y lento) si la presidencia del tribunal advierte que una región necesita jueces de refuerzo. Otra meta es evitar versos sueltos, es decir, jueces que emiten resoluciones contradictorias sobre casos idénticos o parecidos, lo que congestiona los recursos hacia órganos superiores; ahora, la nueva ley planea reforzar la comunicación entre secciones de un mismo tribunal para unificar criterios. Es un sistema similar al de países vecinos, como Francia, Italia o Alemania.
¿Será una solución? Hay reacciones variopintas. María Jesús del Barco, jueza decana de Madrid y presidenta de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), cree que estos nuevos tribunales pueden ayudar a facilitar la provisión de jueces donde existan cuellos de botella, pero avisa de que su puesta a punto es un “andamiaje que requiere de una dotación presupuestaria”, y cada comunidad autónoma y partido judicial tiene sus particularidades. “Pretender que el 31 de diciembre los tribunales de instancia estén implantados en todo el territorio nacional es un despropósito”, zanja Del Barco, porque, por el momento, “no existe ninguna previsión de cuánto va a costar”.
Más conformidad
La Ley Orgánica 1/2025, que recoge esta macrorreforma, también introduce importantes novedades procesales. En el orden penal, por ejemplo, el acusado tendrá derecho declarar en último lugar una vez practicada la prueba. Además, existirán nuevos trámites para facilitar la conformidad del acusado con una audiencia previa con la víctima; en paralelo, se pondrá en marcha un nuevo paso de audiencia preliminar para resolver cuestiones previas al juicio, por ejemplo, la posible nulidad de la prueba practicada.
Los juristas, sin embargo, vuelven a poner el foco en su gran miedo: de dónde saldrá el personal necesario para atender estas tareas. Cristina Dexeus, presidenta de la Asociación de Fiscales, señala que estos nuevos procedimientos pueden hacer colapsar unos órganos “ya de por sí saturados”, porque “no hay previsión de una mayor dotación de jueces y fiscales para asumir estos nuevos trámites”.
Violencia contra la mujer
A finales de 2025, las secciones de violencia contra la mujer asumen nuevas competencias, como los delitos contra la libertad sexual, la trata y el acoso, haya existido o no relación de pareja. Los titulares de los juzgados denuncian no tener armas para digerir el tsunami de trabajo que se les viene encima. El Ministerio de Justicia, que comanda Félix Bolaños, admitió hace unos días que la sobrecarga de trabajo en este ámbito puede llegar a ser del 20%. Para paliar este terremoto, el ministro ha anunciado un real decreto para reorganizar estas oficinas sin que haya sobreesfuerzo por parte de los jueces.
Gloria Poyatos, magistrada de Juezas y Jueces por la Democracia, recuerda que España aún no ha cumplido su compromiso de elaborar un plan de prevención de riesgos laborales que deje claras las cargas máximas de jueces y magistrados. “Trabajamos a destajo, sin jornada laboral y sin tener fijadas cargas máximas”, asegura. El último informe del Poder Judicial sobre el estrés de la judicatura data de 2018, y según el documento, el 84% de los jueces sufre estrés por sobrecarga laboral. En el ámbito de la violencia de género la situación es especialmente delicada, subraya Poyatos, quien advierte de que los órganos desbordados son más proclives a rechazar peticiones cuando están al límite.
Oficinas de justicia
Los letrados de la Administración de Justicia también dudan sobre cómo se levantará todo el andamiaje laboral y estructural de las futuras oficinas de justicia, que serán, en síntesis, las unidades de apoyo administrativo a los tribunales de instancia. “La reforma requiere una modernización tecnológica y organizativa que no está respaldada por la financiación necesaria. Las comunidades autónomas, responsables de ejecutar gran parte de la ley, no cuentan con los recursos para hacerlo en el plazo establecido, especialmente en grandes ciudades como Madrid, Barcelona o Sevilla”, remarcan fuentes del Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia.
Mediación
La nueva normativa contempla una medida de oro en materia procesal: para aliviar la sobrecarga de trabajo en los juzgados y tribunales, la ley obliga a las partes implicadas en un asunto a acudir a los conocidos como medios adecuados de solución de controversias (MASC). La idea es que las disputas se resuelvan a través de un proceso de negociación –ya sea con la mediación, conciliación o el diálogo entre las partes– para llegar a un acuerdo sin la necesidad de ir directamente a los tribunales.
Para desinflar la conflictividad judicial se deja la solución de las cuitas en manos de las partes con o sin la ayuda de una tercera persona neutral, como un mediador o un agente de arbitraje. La novedad es que acudir a alguno de estos medios será obligatorio para interponer una demanda en la jurisdicción civil y mercantil, aunque no en todos los casos. Quedan fuera las peleas en materia laboral, penal y concursal. Con esta fórmula, el Ejecutivo pretende aliviar la sobrecarga de algunos juzgados.
Los colectivos jurídicos aplauden en términos generales la medida. “Estamos convencidos de que la mediación no solo aliviará la saturación de los tribunales, sino que también ofrecerá soluciones adaptadas a las necesidades reales de las partes involucradas”, comenta Rafael Catalá, presidente del Centro Español de Mediación, quien asegura que este sistema se convertirá “en una herramienta notable que pasará de ser la gran desconocida a ser una realidad”.
Salvador González, presidente del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), también aplaude esta cultura del acuerdo. “Valoramos muy positivamente que la reforma procesal otorgue mucha relevancia a los MASC”, pues es mejor llegar al mejor acuerdo posible “para eludir los eternos procesos que suelen terminar perjudicando a las dos partes”.
Desde la procura son más cautelosos. “Habrá que evaluar en los próximos meses si [la medida] cumple con su objetivo o si, por el contrario, se limita a retrasar los litigios, transformando los intentos de acuerdos fallidos en demandas judiciales”, apunta Javier Segura Zariquiey, decano del Colegio de Procuradores de Barcelona y vicesecretario del Consejo General de la Procura.
Por su parte, el colectivo de graduados sociales, orden donde las mediaciones ya son obligatorias, valora positivamente este avance. “Evitará litigios innecesarios y promoverá la resolución pacífica de conflictos”, reseñan fuentes del Consejo General de Graduados Sociales. Si bien, apostillan, es vital “que los profesionales jurídicos crean decididamente en los MASC”.
Puntos fuertes y débiles de la norma
Puntos fuertes:
Menos burocracia. La ley de eficiencia busca unificar las sedes judiciales y reducir el número de oficinas. El plan se complementa con la celebración de juicios telemáticos que eviten el desplazamiento de los ciudadanos.
Dotación de jueces. Con la llegada de los tribunales de instancia, los jueces que conforman los juzgados unipersonales formarán parte de los tribunales de instancia. Esta medida facilita la llegada de magistrados en los territorios donde hay más litigios, con el fin de repartir la carga de trabajo y evitar otro colapso en la justicia.
Criterio similar. Los tribunales no emitirán criterios dispares en los procedimientos similares. De esta forma, los magistrados que compongan los distintos tribunales irán a una a la hora de emitir sentencias y se reducirá así el número de recursos en las resoluciones de primera instancia.
Puntos débiles:
Financiación. La falta de presupuesto es la principal piedra en el camino de la norma. Para hacer frente a esta macrorreforma será necesario contar con mucho presupuesto para invertir en infraestructura, tecnología y recursos humanos.
Plazos. Dentro de tres meses la normativa entrará en vigor y los expertos creen que es un plazo muy corto de tiempo para llevar a cabo una reforma de la justicia de este calado. “Este periodo tan breve plantea serias dudas sobre la capacidad de los operadores jurídicos y de las Administraciones para adaptarse a los cambios que la reforma exige”, reconoce Javier Segura Zariquiey, decano del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona y vicesecretario del Consejo General de la Procura.
Tecnología. La macrorreforma viene acompañada de una dotación tecnológica, como la carpeta justicia o el expediente judicial electrónico, para facilitar el acceso de los ciudadanos al servicio público de justicia. No obstante, esta transformación digital se está desarrollando a dos velocidades. “Las competencias del ministerio son mucho más avanzadas que en las comunidades autónomas y los servicios que ofrecen no están disponibles”, denuncia el Consejo General de los Graduados Sociales de España.