Luz verde a la ley de eficiencia que renueva la organización de la justicia en España
El texto legal incorpora novedades como la creación de los tribunales de instancia o las oficinas de justicia en los municipios
El Congreso de los Diputados ha aprobado definitivamente la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. El proyecto estrella del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, se publicará definitivamente en el BOE en los próximos días, después de que Podemos amenazara con votar en contra después de que se introdujese una enmienda del PNV para facilitar el desalojo exprés de los okupas. Con estas idas y venidas, el partido de Ione Belarra ha dado su visto bueno a la ley, que ha cosechado 177 votos a favor y 171 en contra.
Esta norma introduce dos líneas fundamentales de actuación, una reforma organizativa y otra procesal. En palabras de Félix Bolaños, la aprobación de esta ley “es un paso fundamental en la mayor transformación de la Administración de Justicia para adaptarla a las necesidades de la ciudadanía en el Siglo XXI, una transformación basada en la digitalización, la modernización de sus estructuras y la vocación social de la justicia”.
Como gran novedad, la ley de eficiencia procesal crea los tribunales de instancia, un órgano judicial que integra todos los juzgados unipersonales y de primera instancia en una única organización judicial. De esta forma, los 3.800 juzgados unipersonales se transformarán en 431 tribunales de instancia (tantos como partidos judiciales), favoreciendo “la especialización, la unificación de criterios y permitirá distribuir adecuadamente las cargas de trabajo y compartir recursos”.
La norma también crea las oficinas de justicia en los municipios donde los ciudadanos podrán realizar todo tipo de trámites de forma telemática sin tener que desplazarse a alguna capital de la provincia.
Otra de las cuestiones que destaca el texto legal es que se incluyen nuevas modificaciones en materia procesal apostando por los medios alternativos de solución de controversias (MASC) en vía no jurisdiccional en los ámbitos civil y mercantil, como la mediación y el arbitraje. Con esta medida, señalan las fuentes ministeriales, se pretende evitar la “sobrecarga de juzgados y tribunales, limitando su intervención a aquellas causas donde sean imprescindibles, sin que eso implique una merma de los derechos y las plenas garantías jurídicas de las partes”.