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En colaboración conLa Ley

El TSJ de Madrid avala que un candidato a policía pueda opositar pese a tener problemas de vista

La justicia reconoce las carencias del informe administrativo que lo declaró no apto

GETTY IMAGES

En los procesos selectivos para convertirse en funcionario, los informes médicos oficiales que declaren apto o no a un aspirante son perfectamente rebatibles. En este sentido, y a pesar de presumirse la imparcialidad del tribunal evaluador, los candidatos excluidos pueden hacer valer ante la justicia sus propios informes periciales, en ocasiones con éxito.

Así lo expresa una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (cuyo texto puede consultar aquí), que da crédito a tres informes sobre agudeza visual aportados por un aspirante a policía que fue apartado de la oposición por no superar la prueba de reconocimiento médico. Según el fallo, el informe público que lo excluyó estaba incompleto y le faltaba motivación.

Agudeza visual

Según los hechos probados de la sentencia, el demandante participó en 2020 en una oposición para cubrir plazas de alumnos en la división de formación y perfeccionamiento de la Escuela Nacional de Policía.

El opositor superó la primera fase de la prueba, de “aptitud física”, y una segunda, sobre “conocimientos y ortografía”. Sin embargo, fue excluido en la tercera, consistente en un reconocimiento médico.

Así, el tribunal valoró con un 0,5 la pérdida de agudeza visual de su ojo derecho, y calificó al aspirante como “no apto”. Las bases de la convocatoria contemplaban como causa de exclusión cualquier puntuación “inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos”, lo que cerró al pretendiente el camino a la siguiente fase.

A continuación, el candidato presentó recurso de alzada contra la resolución, y acompañó tres informes: dos de ellos, firmados por sendas optometristas, puntuaron la “agudeza visual sin compensación” de los dos ojos con una valoración cercana al 1; el tercero, suscrito por una oftalmóloga, corroboró los valores. Según estos datos, superiores al mínimo exigido en la prueba, el hombre fue injustamente apartado.

La Dirección General de la Policía desestimó la pretensión en enero de 2022. El interesado volvió a recurrir, esta vez en vía contenciosa-administrativa. Pidió entonces que se le declarara “apto en la prueba de reconocimiento médico” y se ordenara su reincorporación al proceso selectivo.

Finalmente, y a pesar de la opinión contraria de la Abogacía del Estado, el tribunal autonómico ha estimado el recurso y reconocido el derecho del solicitante.

Informe parco

De acuerdo con la sentencia, el objeto del proceso consiste en determinar “si la exclusión del opositor fue ajustada a derecho”. Según la Administración, la respuesta es positiva, por tratarse de una “potestad discrecional” y de acuerdo con la “presumible imparcialidad de los miembros del tribunal”.

Sin embargo, los magistrados concluyen que el informe sanitario de la Dirección General de la Policía era “parco y no suficientemente motivado”. Se limitó a “describir una patología”, sin citar “la concreta formación oftalmológica de la persona o las personas que llevaron a cabo el reconocimiento médico del recurrente”.

Por el contrario, añade la resolución, el informe con las pruebas presentadas por el demandante, “además de claro y suficientemente motivado”, es “más expresivo en cuanto a las exploraciones llevadas a cabo y los resultados que las mismas ofrecieron”.

Un indicio importante para llegar a esta conclusión es que más tarde, en unas nuevas oposiciones al mismo cuerpo, se reconoció su aptitud médica. Se puntuó entonces la agudeza visual con un 0,8: es decir, los organismos públicos admitieron implícitamente una mejora. Resultaba inexplicable que la propia Administración registrara una valoración más alta “sin el intermedio de intervención quirúrgica alguna”, añade la sentencia.

Por estas razones, se declara que el demandante “no se encuentra afectado por ninguna causa de exclusión”, y se reconoce su derecho “a que se declare que ha superado la prueba de reconocimiento médico”. El fallo permitirá que el aspirante realice una entrevista personal y cumplimente unos últimos tests psicotécnicos. Si supera estas pruebas, será convocado por la Escuela Nacional de Policía para cumplir el periodo de prácticas que, posiblemente, lo conducirá al éxito.

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