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Desastres naturales
Tribuna
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Cláusulas huracán: una nueva herramienta financiera para afrontar el cambio climático

El fundamento es permitir que el país reasigne temporalmente su gasto financiero para ayudar a mitigar los efectos de la catástrofe y reconstruir la infraestructura dañada

Fotografía que muestra una calle obstruida durante la entrada del huracán Beryl, en el municipio de Felipe Carrillo Puerto en Quintana Roo (México).
Fotografía que muestra una calle obstruida durante la entrada del huracán Beryl, en el municipio de Felipe Carrillo Puerto en Quintana Roo (México).Alonso Cupul (EFE)

Recientemente, la pequeña isla de Granada situada en el Caribe se convirtió en el primer país en activar una Cláusula de Deuda Resiliente al Clima (CRDC), también conocida como cláusula de huracán, en sus contratos de bonos de deuda. Esta innovadora cláusula permite a los países suspender temporalmente los pagos de deuda tras un desastre natural, liberando recursos financieros para la reconstrucción y recuperación.

El huracán Beryl se produjo en el mes de junio y anticipó el inicio de la temporada de huracanes que está causando cuantiosos daños personales y materiales en la zona; no sólo en países en vías de desarrollo sino también en otros como Estados Unidos, dónde la última cifra de muertos producidos por el huracán Helene la semana pasada superaba los 200.

Las CRDC son disposiciones contractuales que permiten a los deudores afectados por desastres naturales obtener cierto alivio financiero sin caer en mora con sus acreedores. La Asociación Internacional de Mercados de Capitales (ICMA) y el Banco Mundial han establecido unas pautas para estas cláusulas, que generalmente permiten a los emisores diferir los pagos de intereses y, en algunos casos, el principal.

La cláusula CRDC de Granada prevé pagos diferidos por hasta 12 meses sin reducción del principal nominal ni de la tasa de interés, con un máximo de tres activaciones durante la vigencia del bono y hasta su vencimiento. Los pagos de intereses diferidos se capitalizan y los pagos del principal diferido se distribuye equitativamente sobre los pagos programados hasta el vencimiento del instrumento.

Para que un desastre natural active una CRDC deben darse unos criterios específicos establecidos en el contrato. Esto generalmente implica un evento de pérdida simulado por un modelo económico predeterminado y, en el caso de Granada, sujeto a La Política del Fondo de Seguro contra Riesgos de Catástrofes del Caribe (CCRIF).

El CCRIF calcula las pérdidas por vientos, olas y marejadas ciclónicas para determinar si se ha producido un ciclón tropical y el alcance de los daños, para determinar si es un evento asegurado. Este informe es un requisito excluyente para que Granada pueda ejercer su derecho a suspender pagos; en este caso particular el huracán fue calificado como un evento asegurado.

Los costos derivados de un evento climático exógeno impactan directamente en los aspectos macroeconómicos del soberano, especialmente en economías pequeñas donde, debido a su idiosincrasia geográfica, se ve afectada casi la totalidad de su superficie. Es por ello por lo que, el fundamento detrás de estas cláusulas es permitir que el país reasigne temporalmente su gasto financiero para ayudar a mitigar los efectos de la catástrofe y reconstruir la infraestructura dañada, evitando al mismo tiempo que el soberano caiga en mora con sus acreedores. Así pues, se busca impedir los ciclos interminables de endeudamiento mediante la reasignación temporal de recursos para restaurar la generación de recursos (turismo, infraestructura, cultivos, etc.).

La razón por la cual estas cláusulas son bien recibidas por los acreedores es que son neutrales en términos de VPN (valor presente neto), ya que el monto de pago diferido se convertirá en capital a partir de la fecha de diferimiento y seguirá acumulando intereses sobre ese capital consolidado. En consecuencia, el valor de los pagos de intereses no realizados se reprograma teniendo en cuenta el costo de oportunidad.

El FMI ha enfatizado la importancia de las subvenciones y el alivio de la deuda para los países afectados por desastres climáticos. La COP27 también reconoció la necesidad de un fondo de pérdida y daño para ayudar a los países en desarrollo. En España, la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional se ha pronunciado recientemente a favor de que los acreedores incluyan este tipo de cláusulas, permitiendo a los países con menos recursos económicos suspender los pagos de deuda en caso de emergencia por desastres naturales.

Las CRDC pueden desempeñar un papel crucial para ayudar a los países a desarrollar resiliencia frente a los impactos económicos y fiscales de los desastres naturales. Al proporcionar alivio temporal y facilitar la recuperación económica estas cláusulas pueden ser una importante herramienta para enfrentar los desafíos del cambio climático que afectan especialmente a los países emergentes. Sin duda, estas cláusulas también son de utilidad en el contexto corporativo.

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