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En colaboración conLa Ley

Entrar a sisar con las llaves de la empresa no es robo sino hurto, según el Supremo

El Alto Tribunal dice que si un trabajador está autorizado a usar las herramientas de acceso al local no se considera delito de robo con fuerza

Key unlocks a save
brazzo (Getty Images)

A ojos de la justicia, si un empleado tiene las llaves de acceso al establecimiento en el que trabaja y decide saquear a su propia empresa, no es robo, sino hurto. Eso sí, este argumento solo es válido para aquellos casos en los que los empresarios hayan puesto en manos de sus empleados estas herramientas (llaves, tarjetas…) para entrar y salir del local y les hayan autorizado para utilizarlas.

Así lo dicta la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en una reciente sentencia del pasado 6 de junio que resuelve el conflicto de una empresaria a la que su propio empleado le sisó entre 700 y 800 euros que tenía guardado en la caja registradora. El tribunal le ha castigado con una pena de cuatro meses de prisión.

Según los hechos probados de la sentencia, el empleado del bar utilizó las llaves que tenía para acceder al interior del establecimiento, fuera de su jornada laboral. Una vez dentro, el trabajador desactivó todas las alarmas con las claves que le facilitó su superiora. Poco después, se dirigió a la caja registradora para llevarse todo el botín. Además, quedó probado que en el momento de cometer los hechos el autor del delito era consumidor habitual de sustancias perjudiciales como cocaína, cannabis o alcohol.

Por los actos cometidos, la Audiencia Provincial de Córdoba condenó al trabajador como autor de “un delito de robo con fuerza en las cosas en establecimiento abierto al público, fuera de las horas de apertura”. Además, el tribunal le condenó a “siete meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho sufragio pasivo durante el tiempo de la condena”.

Llave falsa

Para valorar la gravedad del delito, los magistrados del Supremo analizaron la forma en la que el trabajador accedió al local para limpiar la caja registradora.

A la hora de cometer un robo, lo más común es que los ladrones utilicen todo tipo de herramientas, ya sean ganzúas, tarjetas, palancas o radiografías para forzar la cerradura y abrir la puerta del local. Esto es lo que se conoce como “llave falsa”. Según el Código Penal, utilizar alguno de estos artilugios para acceder al interior de un establecimiento con el objetivo de obtener un beneficio económico ilícito se considera “delito de robo con fuerza”.

En este caso, según el Supremo, no se puede entender que el trabajador, a pesar de entrar cuando el establecimiento estaba cerrado, haya cometido un delito de robo a la fuerza. Para los magistrados, “aunque se utilicen las llaves del local para acceder al lugar de la sustracción, [su acción] no integra el delito de robo, sino el hurto”.

Cabe precisar que los magistrados recuerdan que el uso de llaves oficiales también puede integrar el delito de robo con fuerza cuando estas se obtienen sin permiso o se sustraen.

Sin embargo, en el caso resuelto por el Supremo, el empresario contaba con el aval de su jefa para utilizarlas para abrir y cerrar el negocio. Así, los magistrados rechazan que el trabajador hubiera entrado a la fuerza porque utilizó las llaves de su jefa, que estaba autorizado a usar, para cometer el delito. “Constando como probado que el acusado accedió al bar con la llave que el mismo tenía como empleado del mismo, es decir facilitada por su empleador, el hecho debe calificarse como hurto”, remata el Alto Tribunal.

Por tanto, el Supremo revoca la resolución de la Audiencia Provincial de Córdoba y afirma que el delito que cometió el delincuente fue hurto y no robo. Al usar las llaves del local y contar con el permiso de los dueños del bar para utilizarlas (aunque no para saquear la caja registradora) no se le puede imponer la pena de “robo con fuerza”.

Asimismo, el Alto Tribunal ha rebajado la pena a cuatro meses de prisión como atenuante por consumir sustancias estupefacientes a la hora de cometer el delito, frente a los siete que pedía la Audiencia Provincial de Córdoba.

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