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En colaboración conLa Ley

El Supremo admite los recursos fuera de plazo si son culpa de Lexnet

El Alto Tribunal da la razón a un abogado que presentó el escrito un día tarde sin aportar el justificante del fallo técnico

Exterior del Tribunal Supremo, en Madrid. PABLO MONGE
Exterior del Tribunal Supremo, en Madrid. PABLO MONGE

El Tribunal Supremo ha dado la razón a un abogado que no pudo presentar a tiempo un recurso de casación por culpa de los fallos ocurridos en Lexnet (el sistema informático de comunicación con los órganos judiciales) la fecha que acababa el plazo. El letrado interpuso el escrito el día siguiente, pero fue inadmitido por no haber anexado el justificante de la anomalía en el funcionamiento de Lexnet. La Sala de lo Social del Alto Tribunal ha admitido la queja del abogado y declara en un auto del pasado mes de julio que el comprobante no es un requisito insubsanable y, en consecuencia, anula el auto por el que se declaraba desierto el recurso.

El auto de los magistrados tiene en cuenta que el tribunal que debía admitir el escrito podía haber accedido al justificante de la interrupción de servicio de Lexnet, puesto que “su contenido es de público conocimiento y obtención”. El propio órgano judicial, señalan, “puede ser conocedor del alcance de la incidencia habida y del contenido de la certificación”. Pese a que la ley exige que este se presente cuando los fallos informáticos impiden cumplir con los plazos procesales, concluyen, es un requisito corregible.

El letrado se quejó de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) rechazara el escrito por el mero hecho de que no adjuntó el justificante que acreditaba la interrupción de Lexnet el día que finalizaba el plazo concedido. El tribunal andaluz aplicó la norma que concede un día adicional en estos casos, pero exige la presentación del correspondiente certificado.

Lo cierto es que el abogado agotó el plazo otorgado por el TSJA para interponer el recurso (incluido el llamado “día de gracia”) y se encontró con la caída de Lexnet. La plataforma informó en un comunicado que el 13 de diciembre de 2021 se habían producido anomalías en el sistema por el que el servicio había estado interrumpido desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas de este día.

El Tribunal Supremo atiende la queja del letrado porque tiene en cuenta que este contenido es público y opta por un criterio antiformalista. Así, aplica una doctrina consolidada conforme a la que la comisión “de determinados errores en la confección del formulario Lexnet no pueden ser elevados a la categoría de defecto procesal insubsanable”. Por tanto, anula el auto que declaraba desierto el recurso que pretendía interponer el letrado y lo admite a trámite.

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