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En colaboración conLa Ley
Reforma concursal
Tribuna
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¿Del 'crypto hype' al concurso de acreedores?

La reforma de la Ley Concursal proporcionará herramientas a los empresarios de todos los sectores para adaptarse y sortear la crisis

Getty Images

El verano de la inflación, de los vaivenes bursátiles y del posible inicio del criptoinvierno es asimismo el verano anterior a la nueva reforma de la Ley Concursal. Quizás tal coincidencia no sea baladí, sino que puede ser una gran oportunidad para los más rápidos y avispados para dar un giro de 180 grados a la situación.

En efecto, la reforma de la Ley Concursal entrará en vigor en breve y con ella multitud de herramientas jurídicas que los empresarios de todos los sectores, incluidos los relacionados con las criptomonedas y el blockchain, podrán utilizar para adaptarse y sortear la crisis reestructurando su deuda en las mejores condiciones, para encontrar oportunidades para crecer o para finalizar su aventura empresarial con todas las garantías, como ya estamos observando en las últimas semanas donde varias empresas como 2gether ya han emitido sus comunicados a tal respecto. Existirán tres situaciones a afrontar:

Adaptación. La Ley Concursal incorpora la figura de los planes de reestructuración con la finalidad de ayudar a solucionar los problemas de solvencia sin necesidad de pasar por el concurso. Se prioriza dar libertad a los acreedores y al deudor para llegar a acuerdos -evitando la intervención judicial-, y agilizar al máximo el proceso. Se dota al deudor de atractivas posibilidades tales como lograr arrastrar a los acreedores disidentes si se cumplen ciertas condiciones. Y ya dentro del concurso, la figura del “Convenio de Acreedores” ofrece la posibilidad de reestructuración de la deuda en muy buenas condiciones y sin intereses.

Crecimiento. En toda crisis hay oportunidades y el final de unos puede ser el momento de dar el triple-salto para otros. Los que quieran crecer también podrán beneficiarse de la legislación concursal ya que, lamentablemente, habrá muchas sociedades que quieran transmitir sus negocios. Para los que deseen expandirse será el momento de mirar al mercado e intentar adquirir unidades productivas (conjunto de elementos necesarios para el ejercicio de la actividad económica: maquinaria, instalaciones, inmuebles, elementos informáticos, contratos, trabajadores, etc.), como ya hemos observado en otras jurisdicciones con los activos del Proyecto Diem de Meta. Todo ello sin subrogación de la deuda previa de la compañía, ya que con la unidad productiva únicamente se adquiere el pasivo laboral y frente a la TGSS generado por los trabajadores que se traspasen.

Una vez elegido el camino de la compra de la unidad productiva, para realizarse en las mejores condiciones puede formalizarse tanto en sede de concurso o mediante el pre-pack, que es una nueva herramienta cuyo objetivo es acelerar al máximo el proceso de venta de la unidad productiva de la empresa insolvente, logrando evitar a toda costa el deterioro de su actividad y la disminución de su valor.

Game over. Sin lugar a duda, la mejor manera de finalizar la aventura empresarial o proyecto disruptivo, en la que preveamos que no se pueda pagar a todos los acreedores es buscar un buen asesor y presentar un concurso de acreedores a tiempo. Así, el empresario podrá evitar responsabilidades derivadas del cierre de la empresa, existiendo varios escenarios posibles, por ejemplo: un cierre limpio sin pasar por el proceso del concurso mediante la presentación de un “concurso exprés” u optar por la liquidación concursal en la que transmita la unidad productiva, y con ello salvaguardar los puestos de trabajo de los empleados.

Es más que probable que vengan meses con “curvas” en el mundo empresarial. Es, por lo tanto, un buen momento para amarrar velas y valorar el próximo puerto de destino con las mayores garantías posibles.

Lucía Villamor Beltrán y Joaquim Matinero Tor, abogados asociados en RocaJunyent.

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