Un abogado tendrá que indemnizar a su cliente por iniciar un pleito abocado al fracaso
Un tribunal le condena a pagar los 12.000 euros que le costó el juicio contra su comunidad de vecinos por una ventana
La Audiencia Provincial (AP) de Orense ha condenado a un abogado a resarcir a su cliente con algo más de 12.000 euros por los daños causados al iniciar un pleito que se sabía que iba a fracasar. En él se solicitaba una suma desproporcionada (50.000 euros) a la comunidad de propietarios de la mujer por no cambiarle la ventana del rellano de la escalera. El tribunal considera que el letrado actuó con negligencia al no advertir a su representada de las pocas posibilidades de éxito que tenía.
El fallo (cuyo texto puede consultar aquí) concluye que el abogado omitió sus deberes profesionales al iniciar una reclamación “abocada al fracaso” que, finalmente, provocó unas pérdidas de 12.294 euros a su cliente, correspondientes al pago de las costas del proceso. Los magistrados del tribunal orensano responsabilizan al letrado del perjuicio y le condenan a resarcir de esta cantidad a la afectada.
Según la sentencia, la mujer demandó a la comunidad de propietarios donde residía para que le instalaran en su escalera una ventana igual que en el resto del edificio, tipo Climalit con apertura oscilobatiente. La comunidad se comprometió al cambio, pero incumplió el trato y se opuso a la obra porque era “imposible”. Fue entonces cuando la vecina, bajo la dirección del abogado después sancionado, reclamó 50.000 euros por “trato discriminatorio” en lugar de encargar la reforma a costa de la propiedad, lo más lógico. Hasta en dos ocasiones desestimaron la pretensión al advertir que la única diferencia entre las ventanas era el sistema de apertura, cuyo coste de sustitución era inferior a 100 euros, y que los “padecimientos” de la mujer no tenían relación con el asunto.
La afectada reclamó a su abogado por negligencia. El juzgado de primera instancia le exculpó porque no se había probado la falta de consenso sobre la estrategia a seguir. El profesional argumentó que fue ella quien pidió los 50.000 euros, ya que “quería al menos 6.000 euros por vecino”. Sin embargo, la AP revoca esta decisión al determinar que es el letrado quien debe acreditar que hubo “consentimiento informado”.
Las circunstancias del caso (la obra suponía unos 600 euros y no afectaba a la vivienda de la reclamante, cuyas relaciones conflictivas con los propietarios eran anteriores) obligaban al abogado a avisar a su cliente del alto riesgo que corría. Puesto que no demostró este extremo, el tribunal le condena a pagar los daños. La sentencia es recurrible.