¿Feliz? Día del Libro: luces, sombras y libertad encorsetada de un sector con alma
El 63,9 % de la población sabe diferenciar si la descarga gratuita de libros electrónicos es legal o no
“La pluma es la lengua del alma”, dijo un tal Miguel de Cervantes; autor cuya fecha de sepelio coincide con el día en el que celebramos el denominado Día del Libro. Esta conmemoración tiene como objetivo fomentar la lectura y, con ello, recordar la relevancia de la propiedad intelectual y la cultura, de modo que la irremplazable contribución de los autores al progreso cultural sea considerada como pieza fundamental de nuestra sociedad.
La importancia del Día del Libro para la cultura y el consumo es, asimismo, reconocida ex lege. En efecto, basta con atender a la Ley 10/2007, de 22 de junio (Ley del Libro), que, a diferencia de lo que ocurre en otros países de nuestro entorno, establece un sistema de precio fijo de venta al consumidor de libros que goza de ciertas excepciones, entre las que se encuentra el Día del Libro; fecha en la que se permite aplicar un descuento de hasta un 10 por ciento del precio fijo.
Esta situación nos obliga a formularnos las siguientes preguntas: ¿El precio fijo y la prohibición de realizar descuentos superiores a los permitidos impiden el juego de la libre competencia en el sector literario? ¿Debería admitirse sin reservas la práctica de estrategias comerciales alternativas (tales como el ofrecimiento de primas u obsequios) en aras del reforzamiento de la competencia? ¿El sistema de precio fijo perjudica, en última instancia, al consumidor y a la difusión de la cultura?
La respuesta a estas preguntas podría llevarnos a la cuestión de si, quizá, la supresión de este sistema conllevaría un aumento del número de personas que leen libros, en vista de que todavía un 35,6 % de la población continúa sin leerlos, de acuerdo con el informe Hábitos de Lectura y Compra de Libros en España, publicado en febrero de 2022 por la Federación de Gremios de Editores de España (FGEE).
En cualquier caso, este problema ha sido abordado por el Plan de Fomento de la Lectura 2021-2024, ya que entre sus objetivos está conseguir que la lectura se convierta en un hábito y la considera como una oportunidad en la incipiente economía digital.
Es precisamente esa economía digital la que nos impide hablar del Día del Libro sin hacer referencia al libro electrónico -también denominado libro digital o, simplemente, e-book-; realidad literaria que no sólo cuestiona el uso del papel en los libros, sino también el papel de todos los sujetos que intervienen en la creación, la comercialización y, en general, el uso de libros. El e-book es, en esencia, una revolución -y, a juicio de muchos, evolución- literaria cuya historia pasa por la tecnología y termina en un punto lejano e ignoto.
Sin embargo, ni el desarrollo del e-book ni los cambios en los hábitos de lectura han supuesto una auténtica adecuación de la normativa aplicable a la realidad social y tecnológica.
Ciertamente, aunque la Ley del Libro amplió el campo semántico de algunos conceptos esenciales, proporcionando una definición actualizada del libro e incluyendo los e-books, no se observan disposiciones específicas sobre estos, a pesar de sus especialidades y ventajas (v. gr. acceso efectivo a la cultura, sostenibilidad, y ahorro a largo plazo).
De hecho, tuvo que llegar una pandemia para que, con motivo del incremento de la demanda de e-books por el confinamiento, se aprobara una reducción al 4 por ciento de su tipo impositivo aplicable en virtud del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes. Hasta su aprobación, a los libros electrónicos se les discriminaba con un tipo impositivo más alto por no considerarse equiparables a los libros en papel. ¿Por qué el legislador, paradójicamente, ha venido considerando que un libro electrónico es un mero servicio digital y no un libro?
Con independencia de ello, de conformidad con el antedicho informe de la FGEE, el 43% de la población adquiere e-books pagando (esto es, más de un 3% más que en 2020), mientras que el 63,9 % sabe diferenciar si la descarga gratuita de libros electrónicos es legal o no.
A primera vista, parece un panorama esperanzador para el mercado de los e-books. No obstante, en ocasiones, la apariencia no es sincera. Efectivamente, los fantasmas de la piratería online siguen acechando al sector literario, ya que el porcentaje de consumidores de libros digitales y de forma ilegal se mantiene respecto de 2019 en un 33%, según recoge el informe Observatorio de la piratería y hábitos de consumo de contenidos digitales, publicado en octubre de 2021 por la Coalición Creadores e Industrias de Contenidos.
Son cifras escalofriantes si, entre otras cuestiones, tenemos en cuenta que la piratería podría extenderse igualmente a los e-books de "segunda mano", puesto que el suministro al público mediante descarga de un libro electrónico puede estar comprendido dentro del concepto de “puesta a disposición del público” y, por tanto, el titular de derechos debería percibir, según el caso, una retribución adecuada por las eventuales descargas.
Como puede observarse, se atisban a lo lejos sombras y zonas grises en la regulación del libro que convendría abordar o, cuando menos, repensar. Ahora bien, como agudamente dice el refrán, "consejo sin remedio es cuerpo sin alma". Por ello, te animo a discurrir observaciones al respecto y, ya que estamos, a que, en una jornada tan estimulante como la de hoy, comiences a leer nuevas almas, si bien, irremediablemente, ahora mismo estás leyendo; sigue leyendo.
David Fuentes Lahoz, abogado asociado de Bird & Bird.