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En colaboración conLa Ley

La Justicia da la razón a Atresmedia y Mediaset y anula el reparto de la SGAE sobre los derechos de autor

La sentencia puede obligar a rehacer una liquidación de más de 10 millones de euros por el uso de la música en televisión en 2018

Sede de la SGAE.
Sede de la SGAE.

El juzgado de primera instancia número 71 de Madrid ha anulado el reparto efectuado por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) sobre los derechos patrimoniales de autor de la música que se emitió en televisión en el primer semestre de 2018. La resolución supone un jarro de agua fría para la entidad, envuelta en los últimos años en diferentes batallas legales. Con esta decisión, el juez estima la demanda de Atresmedia y Mediaset frente a los acuerdos adoptados por la Junta Directiva de la SGAE de 7 de mayo de 2019, relativos a las cantidades que ingresó a cada socio por la utilización de sus obras entre enero y junio de 2018.

En concreto, la sentencia declara la nulidad de pleno derecho de dichos acuerdos y, con ello, deja sin efecto el reparto de la remuneración a cerca de 40.000 autores y editores que la SGAE ya había efectuado. Como indica la resolución, la entidad decidió aplicar de manera retroactiva la Ley 2/2019, de modificación de la Ley de Propiedad Intelectual (en vigor en marzo de 2019), por la que se había introducido un tope máximo del 20% en el reparto de la recaudación por el uso de la música en determinadas franjas horarias de la televisión. Sin embargo, en el periodo de 2018 al que se refiere el fallo, este límite no estaba en vigor. Por esta razón, el juzgado considera que el acuerdo es "contrario al ordenamiento jurídico" e implica "una manifiesta falta de seguridad jurídica".

Como consecuencia de esta sentencia, "la SGAE tendrá que volver a rehacer los repartos de miles de asociados a fin de reestablecer la situación que existía antes de mayo de 2019, lo que puede suponer en cifras estimadas rehacer una liquidación de derechos de autor de más de 10 millones de euros”, explica Miguel Ángel Ramos Jiménez, el abogado de Atresmedia y Mediaset que ha defendido el caso. No obstante, la resolución por el momento no ha condenado expresamente a rehacer el reparto, por lo que las cadenas de televisión han solicitado la subsanación.

La versión de la SGAE

Desde la SGAE señalan que en el acuerdo impugnado, la Junta Directiva siguió la instrucción dada por la Asamblea General de socios, que había rechazado el reparto de derechos realizado en diciembre de 2018 sin tope a la franja de madrugada, a la vez que la misma Asamblea había ratificado un reglamento de reparto en el que se introducía un tope a esta franja por remisión normativa.

"Una vez que la ley establece un tope máximo de remuneración para las obras que son emitidas en horarios sin audiencia significativa, y ante el decisión mayoritaria de la Asamblea General de socios de rechazar el reparto realizado sin tope, la Junta Directiva decidió que debía volver a hacerse ese reparto aplicando un tope del 20%, tal y como establece el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Además de ser la voluntad de los socios, era lo que venían exigiendo a la SGAE tanto el Ministerio de Cultura y Deporte como la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC)", argumentan.

No obstante, la sentencia del juzgado de primera instancia aún no es firme, por lo que la SGAE la ha recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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