Un juez, suspendido por no querer utilizar el ordenador
El Supremo rechaza el recurso y descarta que la patología que sufre el magistrado en el dedo pulgar justifique su negativa
Los tiempos en los que los magistrados dictaban sus sentencias a los funcionarios es historia. También el personal judicial está obligado a utilizar los medios técnicos, electrónicos, informáticos y telemáticos puestos a su disposición. Si un juez se niega obstinadamente a usar estos recursos ofimáticos puede ser sancionado, como le ha sucedido a un magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. El Tribunal Supremo ha confirmado recientemente su suspensión durante un mes.
El fallo (cuyo texto puede consultar aquí), rechaza todas las alegaciones del condenado y le consideran culpable de falta muy grave de “desatención judicial”. Según se concluye, la resistencia “contumaz” del magistrado a usar el ordenador pese a las reiteradas advertencias por parte de los órganos de gobierno del TSJ gallego y las facilidades ofrecidas “excluyen por completo la ausencia del elemento subjetivo de la culpabilidad”.
El Supremo niega que los titulares judiciales no estén obligados a la transcripción de sus resoluciones; tarea, según el recurrente, atribuida al personal funcionarial auxiliar. Como afirma, los jueces son “empleados públicos sujetos a un estatuto profesional”. Si al personal de la oficina judicial le corresponde redactar el texto final de las resoluciones, al judicial compete trasladarles las instrucciones o minutas necesarias para la composición del texto final.
Sin embargo, “se constata la exigencia incondicional por parte del magistrado a contar con un apoyo de personal funcionario auxiliar para la transcripción de sus minutas con la justificación de su alegada imposibilidad transcriptiva”.
Y es que la patología invocada por el recurrente no es suficiente a ojos del Supremo. Según informes médicos, el magistrado lleva padeciendo desde hace más de quince años “determinadas dolencias que le impiden el uso prolongado o habitual de los teclados”. En concreto, por problemas en el pulgar derecho, los médicos le recomendaron “evitar movimientos repetitivos y/o traumatismos”. Sin embargo, también se resistió al uso de programas de reconocimiento de voz.
En conclusión, sentencia el Supremo, “al magistrado sancionado le pareció inaceptable todo lo que no fuera el método de trabajo al que se había habituado”. Esto es, “todo lo que no fuera disponer de personal administrativo para transcribir al dictado”.