Las razones del fiasco de los juicios online
Las vistas virtuales son la excepción en plena pandemia
Son casi las 12 de la mañana del miércoles 16 de septiembre y la abogada Ana Rodríguez acaba de salir de los juzgados de Ocaña tras representar a su cliente en una vista previa. Días antes, había solicitado intervenir en el acto por videoconferencia para prevenir el riesgo de contagio y, de camino, ahorrarse el desplazamiento desde su despacho, situado en Toledo. Pero el juez rechazó su petición. “He tenido que recorrer 55 kilómetros para llegar hasta aquí y esperar media hora para hacer un trámite que apenas ha durado tres minutos", lamenta indignada.
No es un caso excepcional. Desde hace semanas decenas de operadores jurídicos se ven obligados a acudir a los tribunales día tras día para realizar su trabajo. Según una reciente encuesta publicada por el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), solo el 10% de los colegiados que ejercen en la capital manifiesta haber participado en un juicio online desde que se reactivó la actividad jurisdiccional, el pasado 4 de junio.
El dato llama la atención teniendo en cuenta que, tras el estado de alarma, el Gobierno decretó que todos los actos judiciales (salvo los juicios por delitos graves) se celebrarían “preferentemente” por vía telemática hasta finales de año y que la ley de medidas procesales contra el Covid-19 (que entró en vigor hace dos semanas) amplió ese plazo hasta el 20 de junio de 2021. Todo ello, con un doble objetivo: evitar aglomeraciones en las sedes judiciales y desatascar la acumulación de casos tras el parón judicial. La cuestión es ¿por qué hay tantos juzgados que siguen funcionando de forma presencial?
Salas sin cámaras web
Según María Jesús del Barco, portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, el principal motivo es la falta de medios informáticos. Hay salas de vistas que aún no disponen de cámaras web ni de ordenadores con licencia para operar con aplicaciones como Zoom o Webex. “En los juzgados de Madrid estas deficiencias se han ido solucionando en las últimas semanas, pero hay otros territorios donde van con retraso”, asegura.
Es un análisis que comparte Carlos Galán, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de Algeciras. Desde su punto de vista, la digitalización de la justicia guarda un cierto paralelismo con el teletrabajo en el ámbito laboral: aunque se ha impulsado mucho desde la irrupción de la pandemia, no se ha desarrollado lo suficiente y muy pocos pueden disfrutar de ella. “Yo conté desde el primer momento con el equipo necesario para celebrar vistas telemáticas, pero me consta que hay muchos compañeros de Andalucía y del resto de España que no han tenido la misma suerte” asegura.
A falta de datos oficiales, es imposible establecer diferencias por territorios. No obstante, Rafael Massieu, presidente del comité de desarrollo tecnológico del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), insiste en que la implantación de los juicios digitales es “directamente proporcional” a la inversión pública. En esta línea, las audiencias virtuales “son mucho menos frecuentes en regiones gestionadas por el Ministerio de Justicia, como Murcia o Castilla-La Mancha, que apenas han recibido recursos para modernizar sus equipos informáticos”.
Garantías procesales
Es evidente que la celebración de los juicios telemáticos se está viendo lastrada por el desfase tecnológico de algunos órganos judiciales, pero también por las reticencias que genera la digitalización en determinados sectores de la judicatura. Así lo cree Fernando Bejerano, presidente de la comisión del defensa del Colegiado del ICAM, convencido de que “muchos jueces no están por la labor de cambiar su manera de trabajar”. El problema, indica, es que estos procedimientos son en el fondo voluntarios.
Acayro Sánchez, uno de los primeros jueces que apostaron por los juicios online tras la cuarentena, admite que “hay compañeros que todavía no se han subido al carro de las nuevas tecnologías porque desconfían de ellas”. En concreto, según explica, temen que durante la videoconferencia los testigos puedan ser aleccionados sin que el tribunal se percate o que el detenido no pueda comunicarse adecuadamente con su abogado.
Sánchez entiende que la tecnología no puede sustituir al derecho de defensa ni al principio de inmediación, aunque recuerda que estas garantías legales son propias del orden penal y que el 75% de los asuntos que se tramitan anualmente en España no son delitos sino casos civiles, laborales o administrativos. Es decir, que la mayoría de los pleitos podrían dirimirse en streaming sin peligro de vulnerar ningún derecho.
En esta misma línea, el decano del Colegio de Procuradores de Barcelona, Ángel Quemada apunta que existe "un amplio margen" para celebrar más vistas virtuales en la mayoría de jurisdicciones y que deberían fomentarse mucho más. No obstante, se muestra partidario de que sigan siendo los jueces los que decidan en última instancia el formato más conveniente para cada caso. "Está claro que no se puede imponer la fórmula digital. Sería un grave error", remarca.
Brecha digital
Más allá de las consideraciones procesales, también se plantean problemas prácticos. Así lo pone de relieve el juez cordobés Antonio Rodríguez que tras celebrar una decena de vistas telemáticas ha decidido volver al sistema presencial. Cuenta que nadie le explicó que, aparte de saber manejar Zoom, también era necesario disponer de un correo electrónico y de un gestor de archivos en la nube para compartir los documentos que se iban presentando a tiempo real. El magistrado, que ha pasado la cincuentena, reconoce que la situación le superó, a pesar de tener “un nivel de conocimientos informáticos más que aceptable”. De ahí que comprenda que haya jueces que no quieran dar el paso.
Esta brecha digital también afecta a los letrados de la Administración de justicia (los antiguos secretarios judiciales) y los auxiliares administrativos que son los encargados de poner a punto la parte tecnológica. Para terminar con ella, el portavoz del sindicato CSIF, Javier Jordán, ve imprescindible que tanto el Ministerio como las comunidades autónomas impartan cursos de formación específicos, que logren cambiar la cultura de trabajo en los juzgados. Por su parte, Rafael Lara, presidente del Colegio de Letrados de Justicia, defiende la necesidad de volver a usar plataformas ya conocidas. “Antes de la pandemia existían las videoconferencias, y se hacían desde salas instaladas en todos los juzgados. No tiene sentido que se haya apostado por programas comerciales que no cumplen con los mínimos requisitos legales”, asegura.
Si bien es cierto que las videoconferencias llevan años implantadas en España, también lo es que las nuevas aplicaciones multiconexión han permitido la celebración de audiencias 100% digitales. El reto, como puntualiza el juez Acayro Sánchez, es desarrollar una normativa que defina claramente cómo y cuándo deben usarse. Solo así, dice el magistrado, se logrará que el modelo virtual se expanda y sirva para agilizar la maquinaria judicial en los próximos años.
La implantación de la justicia digital en otros países
EE UU. El país norteamericano es uno de los más avanzados en cuanto a la aplicación de nuevas tecnologías en el ámbito judicial. Entre todos los estados destaca Nueva Jersey donde ya se han celebrado más de 48.000 vistas online.
Reino Unido. La justicia británica está lidiando bien con la pandemia. Según estadísticas de The Law Society, desde marzo, un 85% de los asuntos civiles y mercantiles se despachó mediante sistemas remotos y el nivel de colapso fue menor de lo esperado.
Italia. La Corte Suprema italiana permite la celebración de actos judiciales por internet desde inicios de mayo, considerando que estos procedimientos son “tan válidos como los presenciales”. Al igual que en España, los delitos deben juzgarse en salas de vistas físicas para preservar el derecho de defensa del detenido.
Argentina. Los jueces del Tribunal Supremo y de las cortes provinciales usan Zoom desde hace meses para realizar audiencias en remoto mientras sigue vigente la cuarentena, que dura ya seis meses. Otros estados latinoamericanos, como Perú, Ecuador o México, también han dado el salto a lo virtual para permitir que la justicia siga funcionando.
Singapur. El sistema judicial del país asiático ostenta el dudoso honor de haber dictado la primera sentencia a muerte a través de una videollamada. Amnistía Internacional remarca que la pena capital siempre es inhumana independientemente de que el juicio “se realice vía Zoom o en persona”.