Errores en juicio causados por la influencia de las películas de Hollywood
Más de un juez reconoce haber escuchado al investigado decir “me acojo a la quinta enmienda” para negarse a declarar
El cine norteamericano nos ha dejado películas y series emblemáticas sobre juicios y abogados que son, para muchos, la referencia más próxima al mundo del Derecho. Anatomía de un asesinato, Doce hombres sin piedad, Matar a un ruiseñor… Grandes historias en las que se entremezclan multitud de cuestiones legales, y que nos ofrecen una imagen, no siempre fidedigna, de cómo funciona la Justicia.
Un retrato un tanto distorsionado, sobre todo si lo comparamos con nuestro sistema procesal, en el que no encontraremos magistrados golpeando con un mazo para ordenar silencio, ni alguaciles que tomen juramento al testigo. Sin embargo, son estos estereotipos cinematográficos los que siguen funcionando muchas veces en las salas de vista, a decir de las curiosas anécdotas que cuentan los profesionales.
La ‘quinta enmienda’
Más de un juez español reconoce haber escuchado al investigado decir eso de “me acojo a la quinta enmienda”, para negarse a declarar. Una fórmula con la que se invoca el derecho a no autoincriminarse que en Estados Unidos ampara tanto a investigados como a testigos.
En nuestro sistema se traduce en el derecho a guardar silencio del acusado, ya que los testigos tienen obligación de declarar. En todo caso, la expresión es ajena a nuestra jerga legal, y casi parece un chiste cuando se pronuncia en una sala. La jueza tuitera @ladycrocs, recuerda un día en el que, tras leerle los derechos, un investigado se puso en pie y pronunció solemne la fórmula, a lo que ella contestó: “¿Quiere usted decir que no va a declarar?”. “Exactamente”, confirmó él, momento en el que, tras una mirada cómplice con el abogado, tuvo que contener una carcajada.
Parece que hay cierta inclinación a acogerse a las enmiendas americanas, incluso cuando no se sabe exactamente a qué derecho se refieren. Como la anécdota que relata otro juez en Twitter, @Lapelo, en la que, tras informar al investigado de que la segunda enmienda se refiere al derecho que tienen los norteamericanos a portar armas, este contestó, “ah, entonces a esa no. Otra”.
Protesto, señoría
“Protesto. - No se admite. - Protesto enérgicamente. - ¡Ah, bueno! Si es enérgicamente entonces se reconsiderará.” El diálogo, en tono irónico, es de la película Algunos hombres buenos y refleja la vehemencia con la que se conducen los abogados americanos para interrumpir o impugnar preguntas a los testigos.
En España, como explica el abogado laboralista Víctor Canalda, la protesta se utiliza generalmente cuando se deniega una prueba en la vista oral o audiencia previa y es necesaria para que sea tenida en cuenta en las siguientes instancias. Sin embargo, en no pocas ocasiones los jueces tienen que recordar a alguna de las partes que no están en una película de Hollywood y que, aquí, no vale lo de “¡protesto!”.
La abogada Soledad Casado recuerda un juicio por daños en un vehículo en el que, mientras que el testigo declaraba que vio al acusado golpear el coche con una machota, este gritó “¡Protesto, señoría!, este testigo es un drogadicto que no sabe lo que dice. Y además, no era una machota. Era un martillo pequeñito”. Como cuenta la letrada, “después de esa protesta hubo muy poco que hacer en su defensa”.
La Biblia
Es de sobra conocido el juramento que se solicita a los testigos en las películas americanas. Se les pide que digan “la verdad, toda la verdad, y nada más que la verdad” mientras posan una mano sobre la Biblia y levantan la derecha. En España, en cambio, no están obligados a jurar (el juez les da la opción de prometer), aunque tienen que decir la verdad si no quieren ser castigados por falso testimonio. En cambio, los acusados pueden mentir puesto que se les reconoce el derecho a no confesarse culpables.
Como cuenta @ladycrocs, en una ocasión un investigado le pidió unos Evangelios para declarar. Le comentó que solo tenía a mano códigos, principalmente el penal, que era el más apropiado para ese momento. Además, le explicó que no era necesario y que, por otro lado, no debía jurar decir la verdad sino que podía acogerse a su derecho a no declarar. El hombre se limitó a decir que iba a "decir la verdad, toda la verdad, y nada más que la verdad”. Ella terminó la frase: “¿Con la ayuda de Dios?”. “Él mismo”, respondió el imputado.
Las películas, noticias y redes sociales pueden confundir acerca del funcionamiento de los juzgados. Sin embargo, afirma Casado, la realidad es distinta. “A veces, lo que pasa en la sala antes de empezar a grabar es como ver a la Justicia en zapatillas de andar por casa”.
Litigios civiles
Divorcios. Una temática recurrente en las películas de Hollywood es la de las rupturas matrimoniales y las crudas batallas legales que se desatan en torno a ellas. Juicios millonarios en los que un avispado abogado matrimonialista se encarga de negociar para sacar el máximo de la separación. Quién no recuerda la dramática lucha del matrimonio interpretado por Michael Douglas y Kathleen Turner por la adjudicación de la casa en La guerra de los Rose, o las tretas de Catherine Zeta-Jones en Crueldad intolerable para ganar la partida a George Clooney, un exitoso abogado especializado en blindar del divorcio a los futuros exmaridos. Aunque en España no existe el divorcio culpable, es muy frecuente, cuenta la letrada Soledad Casado, que en casos de infidelidad “el cliente se empeñe en hacer saber al juez dicha circunstancia durante su interrogatorio” que le sitúe como la víctima.
Consumidores. Uno de los casos más frecuentes en las películas americanas en las que los abogados son protagonistas es el de las demandas que enfrentan a cientos de ciudadanos con grandes empresas por daños causados por las actividades de estas, como sucede en Acción civil o en Erin Brockovich. En ellas, los afectados consiguen obtener importantes indemnizaciones gracias a la habilidad de un pequeño despacho o a un abogado en solitario, por medio del ejercicio de las denominadas acciones colectivas. Un tipo de acción poco utilizada en España por sus restrictivas características.