La CNMC pone en jaque la Copa del Rey
La Real Federación de Futbol tiene deberes para verano. La urgencia para adjudicar los derechos de explotación únicamente puede ir en su contra
La tensión entre la Real Federación de Futbol (RFEF) y la Liga originó que el organismo presidido por Javier Tebas excluyera del pliego de condiciones para la subasta de sus derechos televisivos celebrada en 2018 las temporadas 2019-2020 y 2020-2021 de la Copa de S.M. el Rey.
Como consecuencia de ello, la RFEF mantuvo en su poder los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de dicha competición, lo que evidentemente presumía una elevada fuente de ingresos. El pasado 10 de junio, la Asamblea General de la RFEF aprobó el presupuesto para 2019 en el que se establecieron unos ingresos de 30 millones de euros por los derechos audiovisuales de la Copa del Rey, más otros 3,8 millones de euros por los contenidos exclusivos de la final.
Quizá esta fue una de las razones por las que la RFEF consideró la necesidad de reinventar, parcialmente, la Copa del Rey, ampliando los equipos de 83 a 116 y restableciendo el nostálgico partido único.
No obstante, por ahora, las aspiraciones de la RFEF han sido paralizadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Tal y como establece el artículo 4.3. del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, de medidas urgentes en relación a la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, en fecha 20 de junio la RFEF solicitó a la CNMC el informe preceptivo previo a la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales en España, Europa y en los mercados internacionales de la Copa del Rey para las temporadas 2019-2020 y 2020-2021.
Pues bien, la Sala de Competencia de la CNMC, mediante informe de 18 de julio, concluyó que la propuesta de comercialización de la RFEF no cumple con los requisitos establecidos en el Real Decreto-ley 5/2015, lo que supone un evidente contratiempo para la RFEF.
Por suerte, la CNMC ha detallado a la RFEF los cambios que debe realizar en su propuesta para adecuarla a la norma y a los principios de Competencia. En este sentido, dichas adaptaciones se resumen en siete, aunque la más relevante es la exigencia de “eliminar la comercialización de los derechos de explotación mediante un proceso de negociación privada, por ser contrario a un procedimiento público, transparente, competitivo y sin discriminación”.
De este modo, la RFEF no podrá adjudicar directamente los derechos de explotación de la Copa del Rey en virtud de negociaciones privadas, sino que deberá someter la venta a un proceso totalmente público.
En cualquier caso, todas las observaciones realizadas por la CNMC no deberían sorprender a la RFEF. Así, previamente al informe de 18 de julio, la CNMC, a petición de la propia RFEF, elaboró dos informes (INF/DC/053/19 e INF/DC/062/19) en los que ya se incluyeron dichas advertencias.
Por último, la CNMC no ha perdido la ocasión para recordar a la RFEF que su propuesta también está sujeta a los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, y a los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Ante el informe de la CNMC, para que los seguidores puedan disfrutar de la Copa del Rey, y la RFEF ingresar las cantidades presupuestadas, el organismo dirigido por Luis Rubiales debe, cuanto antes, adaptar su propuesta de comercialización.
Así, tras el examen de la CNMC, la RFEF tiene deberes para verano. Y es que a medida que se acerque el inicio de la competición, la urgencia para adjudicar los derechos de explotación únicamente puede ir en contra de la RFEF y, en concreto, de su presupuesto.
Marc Pujolàs, asociado senior de Deloitte Legal