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En colaboración conLa Ley

Regulación laboral de los 'influencers': menos normas y más claridad

En la jornada organizada por Garrigues se recalcó la importancia de los contratos para establecer cierto control sobre las partes

Cristina Mesa, durante su intervención en la jornada organizada por Garrigues
Cristina Mesa, durante su intervención en la jornada organizada por Garrigues

Para regular la relación laboral de los ‘influencers’ con las marcas no son necesarias más normas, sino más claras. Así lo determinó ayer Carolina Pina, socia de Garrigues, que subrayó la importancia de los contratos para garantizar una mayor claridad y evitar posibles irregularidades.

Durante la jornada Aspectos legales del marketing de ‘influencers’ organizada por Garrigues, Cristina Mesa, asociada del despacho, recomendó determinar en el contrato la finalidad para la que los influencers han sido contratados. “Hay diversos grados de control y eso va a depender siempre de la marca” agregó.

Casi un 80% de las grandes marcas de moda, lujo y cosmética implementaron campañas con influencers en 2017. No obstante, tan sólo el 33% de estas figuras públicas reconoce que firma contratos con las empresas que ha trabajado. La presencia cada vez más frecuente de estas figuras públicas en campañas publicitarias ha generado una gran cantidad de dudas a nivel legal, al no existir una ley concreta que los regule dentro del marco laboral.

Sobre la categorización laboral de los influencers, Felipe Ochoa, abogado del despacho especializado en laboral, apuntó que “no hay una regla sobre cómo contratarlos”, ya que es una cuestión que depende más de la política de la empresa y el objetivo para el cual se piensa contratar este servicio. La situación laboral del influencer cambia si la empresa le contrata como “embajador” de la marca, por ejemplo, a que si lo hace en una ocasión puntual, con motivo de un evento o una simple campaña de un determinado producto.

No obstante, Ochoa recalcó que "no puede ser que la informalidad en la contratación de un influencer lleve a la irregularidad". 

Precisión y precaución

Para evitar posibles repercusiones legales, Mesa recomendó estipular claramente en el contrato el objetivo concreto que persigue la marca y, sobre todo, instaurar cláusulas de salida. De esta forma, si el influencer no cumple con los requisitos específicos acordados, se puede terminar relación laboral de forma anticipada. “Es verdad que te quedas sin la prestación, pero por lo menos no se pierde dinero”, apuntó.

Por su parte, Katiana Otero, experta en protección de datos del despacho, subrayó que “todo contrato deberá contener una cláusula de privacidad” en la que se informe a la contraparte el uso que se va a hacer de los datos personales almacenados. En el caso de los influencers, esta cuestión puede ser especialmente complicada, ya que el contrato puede incluir alguna acción que implique datos personales de terceros (en el caso de un sorteo de un producto, por ejemplo). Si es así, la empresa deberá especificar qué uso va a hacer de esa información y cumplir con lo establecido en el Reglamento General de Protección de Datos.

Por su parte, Álvaro de la Cueva, socio de Garrigues especializado en Derecho Tributario, recomendó a las empresas “emitir facturas siempre” cuando haya cualquier tipo de contraprestración. Igual que se subscribe el contrato y se ha constancia del mismo, ha de llevarse un registro de los pagos que se hacen, ya que este tipo de irregularidades “Hacienda tarda dos minutos en encontrarlas”, advirtió.

¿Los 'influencers' tributan?

Sobre las implicaciones fiscales que tiene este tipo de relación laboral, De la Cueva aseveró que “los influencers realizan una actividad económica y, por tanto, tienen que pagar IRPF".

Muchas veces, las empresas envían uno de sus productos al influencer como si fuera un regalo, pero pidiendo que después publique una foto con el artículo. Respecto a estas prácticas, De la Cueva advirtió de las implicaciones legales que se pueden derivar. Y es que a pesar de ser un regalo, la empresa está esperando una retribución, por lo que “fiscalmente hablando es una permuta, por la que el influencer ha de tributar y la marca puede deducirse como gasto. Además ambos han de facturar con IVA”, agregó.

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