Sanción para un registrador por desoír repetidamente a Hacienda
Hasta en tres ocasiones remitió una nota simple en contestación al requerimiento de Hacienda Según el titular del registro, la AEAT debió pedir una “certificación literal” y no una “copia de los asientos registrales”
Una resolución del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares ha confirmado la sanción de 10.000 euros impuesta a un registrador de la propiedad que se negó hasta en tres ocasiones a facilitar a la Agencia Tributaria la información que se le solicitaba sobre un inmueble para llevar a cabo una investigación fiscal [pincha aquí para ver la sentencia].
El motivo de tan cuantiosa multa fue la actuación “rebelde” del registrador al negar hasta en tres ocasiones la información registral que la Agencia Tributaria le solicitó mediante requerimiento.
En efecto, la Inspección envió hasta tres peticiones al registrador sancionado interesando la remisión de toda la información documental del historial de la finca en cuestión. En dichas solicitudes se le instaba para que enviara “copia de todos los asientos registrales” del inmueble, información necesaria, según se explicitaba, para la investigación tributaria en marcha.
Sin embargo, el registrador titular contestó a cada requerimiento enviando, una vez tras otra, la “nota simple” del inmueble, lo que resultaba inútil para los fines pretendidos porque en ella solo se referencia la titularidad vigente de la finca. Finalmente, el registrador envió un escrito a la Inspección excusando su actuación en el riguroso cumplimiento formal de la Ley Hipotecaria. Según el titular del registro, la Agencia Tributaria debió pedir expresamente una “certificación literal” o un “certificado histórico”, y no una “copia de los asientos registrales”. Las fotocopias, alegaba en su escrito, no son una forma válida para expedir la información que se solicitaba, e, incluso, de haber accedido a esta petición no formal, indicaba, podría haber incurrido en una ilegalidad sancionable por la Agencia Española de Protección de Datos.
La autoridad administrativa entendió, sin embargo, que la actuación del registrador constituía una infracción al concurrir resistencia y obstrucción a la actuación inspectora, imponiéndole la citada multa. Una sanción que confirma ahora el tribunal al entender que el registrador contumaz era plenamente consciente del contenido que se le pedía, ya que, en realidad, tampoco se le solicitó expresamente una nota simple y no tuvo problema en enviarla.
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