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El Constitucional avala que País Vasco y Navarra gestionen el ingreso mínimo vital

La tramitación y reconocimiento del ingreso mínimo vital no afecta a la caja única porque la normativa que habrán de aplicar las comunidades es íntegramente estatal

Tribunal Constitucional
Edificio del Tribunal Constitucional.Eduardo Parra (Europa Press)
CINCO DÍAS

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado este miércoles por unanimidad que el País Vasco y Navarra gestionen el ingreso mínimo vital. La corte de garantías ha rechazado el recurso de Vox contra una disposición adicional de la ley de Ingreso Mínimo Vital que prevé que las comunidades autónomas de régimen foral (País Vasco y Navarra) asuman, previa firma de un acuerdo con el Estado, la gestión y pago de dicha prestación en su territorio.

Vox consideraba que esa disposición, junto a otra referente a los Presupuestos Generales, “acaban con la necesaria caja única de la Seguridad Social” y, por tanto, “rompen, por primera vez desde la aprobación de la Constitución, el régimen económico de la Seguridad Social”, ya que atribuyen de forma “íntegra” al País Vasco y Navarra las competencias en relación con el ingreso mínimo vital.

Sin embargo, la sentencia dice que la tramitación y reconocimiento del ingreso mínimo vital no afecta a la caja única porque la normativa que habrán de aplicar las comunidades es íntegramente estatal y el Estado se reserva funciones (fijación de criterio, gestión del sistema de la tarjeta social digital, control financiero posterior, etc.) que garantizan el mantenimiento del modelo unitario y el funcionamiento económico uniforme.

Además, y aunque País Vasco y Navarra no tienen especialidades competenciales en materia de Seguridad Social, su peculiar sistema de financiación les permite, a diferencia del resto de comunidades autónomas, asumir también el pago de la prestación, descontando posteriormente del cupo y aportación el importe que se derive del concierto y convenio económico con el Estado.

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