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Qué es ‘Aromas de Castilla’ y por qué Puig vende esta marca de colonia por 20.000 euros

El grupo cosmético ha incluido este traspaso en el orden del día de la próxima junta de accionistas

Fachada de la sede central de Puig en Hospitalet de LlobregatAlbert Gea (REUTERS)

Puig celebrará el próximo 29 de mayo su junta general ordinaria de accionistas, la cita en la que el grupo cosmético ratificará sus cuentas anuales de 2025 y renovará los mandatos de buena parte de su consejo de administración.

No será el caso del presidente de Banco Sabadell, Josep Oliu, que no se presentará a la reelección de su mandato, que expiraba el 18 de diciembre, después de que ayer presentara su dimisión como consejero dominical. Oliu era representante del grupo Exea, el principal accionista de Puig y que aglutina los intereses de la familia fundadora.

El orden del día no incluye ningún punto relativo a las negociaciones que la compañía mantiene con el grupo estadounidense Estée Lauder para una potencial fusión. Pero sí contempla, en su punto número 12, una propuesta de venta. En concreto, la “autorización de la venta de la marca Aromas de Castilla” de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17bis de los Estatutos Sociales", reza, literalmente, esa propuesta.

Esta marca es, en la actualidad, una parte muy residual del negocio de Puig, dentro de un segmento de colonias básicas que dejó de ser prioritario para el grupo catalán, más centrado en propuestas de alto valor, tanto en perfumería, como en cosmética o cuidado personal. Así lo reconoce la propia empresa en el informe justificativo de la venta, remitido a sus accionistas.

“La marca no constituye un activo esencial por razón de su valor económico, ni resulta materialmente relevante en términos de volumen de activos, cifra de negocios o contribución al negocio de Puig”, dice dicho documento. De hecho, ni en su extenso folleto de salida a Bolsa en 2024, que hace una radiografía extensa de su negocio, ni en sus informes anuales, menciona esta marca entre su portfolio.

El informe justificativo revela, de hecho, el precio del traspaso. Y no es precisamente millonario. “El precio previsto para su transmisión asciende a un importe de hasta 20.000 euros; esto es, un importe superior al valor contable de la marca”. Y añade además que ya tiene un comprador, que no identifica.

Pero si no es una marca relevante, ¿por qué la junta de accionistas debe votar una venta de 20.000 euros de valor?

La respuesta está en el artículo 17 bis de los estatutos de Puig, que considera como “activos esenciales”, y por tanto, requieren de aprobación de la junta para su venta, a aquellas marcas “notorias” del grupo. Estas pueden serlo por una doble vía: por representar más del 5% de las ventas totales consolidadas del grupo; o por haber sido propiedad de Puig durante un periodo de, al menos, 10 años.

El primer registro de la marca Aromas de Castillas, presentado por la entonces matriz del grupo, Antonio Puig SA, data del 31 de marzo de 1971. Por tanto, cumple de sobra el segundo criterio para ser considerada “marca notoria”, y por extensión, “activo esencial”. Puig deja claro que ese es el único motivo que obliga a la puesta en conocimiento y votación de la junta.

Además, que “el valor económico de la marca no supera, en ningún caso, el 25% del valor de los activos del último balance aprobado de la sociedad”.

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