Ir al contenido
_
_
_
_

Caser, obligada a reconocer el cáncer de mama como “enfermedad grave de la mujer”

Se había negado a pagar una indemnización a dos mujeres con carcinoma en la mama

La aseguradora Caser —propiedad del grupo suizo Helvetia— ha tenido que reconocer que sus pólizas TAR Mujer AG y GG CC, así como TAR Mujer AACC, que incluyen en sus coberturas “las enfermedades graves de la mujer”, también abarcan el cáncer de mama. Ha sido a raíz de dos reclamaciones de clientas que padecían esta dolencia y a quienes, en un primer momento, no les cubrió esta póliza.

El último caso es de hace unas semanas. Una mujer divorciada de Santa Cruz de Tenerife había contratado en 2016 una póliza denominada Tar Mujer AG, que estaba en vigor tras pagar sus primas año tras año. Se trataba de un seguro de vida e incapacidad, vinculado a un crédito hipotecario. En caso de que se produjeran una de estas circunstancias, la aseguradora debía abonar un capital a la clienta o a sus beneficiarios, para cubrir la hipoteca

En la “declaración relativa a la adecuación del producto” se indica que es un seguro de vida con la finalidad de percibir un capital asegurado en caso de darse determinadas enfermedades graves, así como para proteger a los beneficiarios designados en caso de fallecimiento. En la regulación de las coberturas se incluía expresamente la “enfermedad grave de la mujer”.

Sin embargo, cuando la clienta, de 50 años de edad, tuvo un diagnóstico de carcinoma lobulillar infiltrante de la mama derecha (un cáncer de mama) en 2025 y reclamó a la aseguradora el cobro del capital desde Caser le explicaron que este tipo de patología no estaba incluido dentro de las coberturas de esta póliza.

La abogada de la mujer, Ágora Rosales Merenciano, explica que “Caser rechazó en un primer momento el pago del siniestro al entender que este seguro únicamente cubría el fallecimiento y la incapacidad permanente absoluta de la asegurada, negándose a aceptar dentro de las coberturas las enfermedades graves de la mujer”.

Precedente

Sin embargo, la Justicia ya se había pronunciado sobre una situación equiparable dos años antes. Fue en 2024 cuando la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canarias emitió una sentencia con un caso muy similar: otra clienta había contratado con Caser un seguro “para mujeres”, que le debía cubrir en caso de “enfermedades graves”, pero, al llegar un diagnóstico de cáncer de mama, la aseguradora se negó a pagar.

En el fallo, los magistrados recordaban que, al leer el apartado de la póliza donde se recogen las coberturas, hay una referencia expresa a las enfermedades graves. “A nuestro juicio, la cobertura del riesgo acaecido a la asegurada es indudable puesto que claramente se dispone que la cobertura de enfermedad grave de la mujer tiene la consideración de anticipo de capital previsto para la garantía de fallecimiento”.

Los expertos de Caser se habían escudado en que esas enfermedades graves solo incluían una lista cerrada patologías que estaba en un recuadro de contrato. Esta interpretación, a decir de la Audiencia de Las Palmas, va en contra de la doctrina del Supremo de que, en caso de dudas, hay que inclinarse por una interpretación favorable al asegurado.

La abogada Rosales Merenciano, colaboradora de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), relata que una vez que recordaron este precedente judicial a Caser, la aseguradora se avino a pagar la indemnización completa a su clienta, 110.000 euros, y “además a reformular las pólizas de estos tipos de seguros para que, en el futuro, no haya lugar a dudas sobre qué enfermedades graves están incluidas”.

Fuentes de la aseguradora matizan que en estos “casos excepcionales no se hubo una mala práctica comercial, sino una cuestión técnico-jurídica de interpretación”. Y aseguran que “se han revisado las comunicaciones y procesos de contratación del producto para evitar interpretaciones contradictorias”.

Marisa Protomártir, directora legal de Asufin, considera que otras mujeres que tienen esta póliza “podrían beneficiarse de ese pago de la indemnización del seguro de vida al contraer una enfermedad grave”. En caso de que Caser haya cambiado las condiciones, “la póliza dejará de ser interesante para el colectivo de mujeres”.

Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Archivado En

_
_