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La Audiencia da la razón al Banco de España en la ofensiva para que detalle los beneficios extra del sector

Sumar, el promotor de la demanda, se plantea presentar un recurso ante el Tribunal Supremo

Sede del Banco de España.
Sede del Banco de España.Pablo Monge Fernandez
Álvaro Bayón

Primera victoria judicial del Banco de España en la ofensiva para que divulgue las cantidades percibidas por las entidades financieras por el uso de la facilidad de depósito del Banco Central Europeo (BCE), la base de los llamados beneficios extraordinarios del sector financiero durante los años pasados. La Audiencia Nacional ha acordado desestimar la demanda que presentó el grupo parlamentario Sumar para que la justicia obligase al sector a difundir cuánto ha percibido cada banco español por el uso de esta herramienta de política monetaria. La decisión, no obstante, puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

El núcleo de la demanda se fundamenta en el uso de la llamada facilidad de depósito. Se trata del tipo de interés que abona el BCE a los entidades por depositar en el banco central reservas de dinero. Es un elemento clave en la transmisión de la política monetaria. El BCE fija el tipo de interés —que es el tipo de interés medio en el mercado interbancario a un día— al que remunera estas reservas, de modo que si este sube, los bancos tienen incentivos para dejar allí el dinero y no prestarlo; si baja, el efecto es justo el contrario. Igualmente cuenta con una facilidad de crédito, que les cobra dinero a los bancos a cambios de préstamos, con una utilidad inversa a la facilidad de depósito.

Este tipo de interés de la facilidad de depósito fue un elemento clave del BCE para luchar tanto contra la Gran Recesión como contra la crisis del Covid-19, para incentivar a la economía y favorecer la concesión de crédito. De hecho, estuvo durante largo tiempo en terreno negativo, lo que suponía que el BCE cobraba un tipo de interés a los bancos por tener sus reservas allí depositadas. Eran medidas extremas para intentar favorecer que el dinero fluyese a la economía. Sin embargo, en 2022, esta tasa de la facilidad de depósito escaló al ritmo en que esta institución elevó los tipos de interés, de modo que los bancos pasaron rápidamente de pagar por sus reservas en el banco central a obtener réditos por ellas. Llegó a estar en el 4%, si bien ahora se sitúa en el 3,25%.

Esta situación ha contribuido a elevar los ingresos del sector bancario, que en los últimos trimestres ha ido batiendo sus propios récords de beneficios. También ha servido como fundamento al Gobierno para introducir el tributo extraordinario a la banca, con el fin de intentar gravar estos ingresos extraordinarios durante los últimos dos años. Aunque los tipos de interés ya han caído y la situación macroeconómica ha cambiado, el Ejecutivo ha decidido prolongar la tasa durante tres años más.

Sumar —tras haber dirigido una solicitud de información al gobernador del Banco de España que fue desestimada— acudió a la Audiencia Nacional al considerar que le ampara el derecho fundamental a conocer esta información. Sostiene que ni la propia regulación del Banco de España ni el reglamento del BCE constatan que esos datos estén sujetos al secreto profesional. Rechaza la idea de que pueda suponer un daño a los intereses de los bancos, por no tener un efecto comercial, o que puedan entorpecer la labor supervisora del Banco de España.

La posición de la Fiscalía se alinea con la de los demandantes, liderados por los diputados de Sumar Txema Guijarro, Carlos Martin y José Manuel Lago. Alude al derecho de los diputados a acceder a la información de las Administraciones Públicas y menciona el artículo 23 de la Constitución. Considera, igualmente, que limitar el acceso a la información en base al reglamento del BCE supone “consentir la existencia de un ámbito de actividad económico financiero ajeno e inmune al conocimiento de los ciudadanos integrantes del pueblo español” y la vulneración de la Carta Magna.

La posición del supervisor fue fijada por el exgobernador Pablo Hernández de Cos en el Congreso y es la que defiende el propio BCE. En primer lugar, explicó que este mismo sistema de la facilidad de depósito opera en otros bancos centrales, como la Reserva Federal o el Banco de Inglaterra. También aludió a la reciente revisión estratégica del banco central, en la que decidió guiar la orientación de la política monetaria mediante el ajuste del tipo de interés de la facilidad de depósito. “Mi posición ha sido, efectivamente, esta misma, la de la conclusión, porque creo que no es adecuado, incluso peligroso, que el Banco Central utilice otra serie de criterios a la hora de fijar los tipos de interés, por supuesto, pero también a la hora de definir el marco operativo, que, en último término, está al servicio del objetivo de estabilidad de precios del Banco Central Europeo”, sostuvo.

En el procedimiento, la institución defendió que estos datos sobre el uso de la facilidad de depósito están protegidos por el mayor nivel de confidencialidad y que su divulgación interferiría en el proceso de transmisión de la política monetaria del banco central. En su opinión, esto “podría disuadir a las entidades de utilizar la facilidad de depósito y perjudicar distintos intereses comerciales”.

Los magistrados le dan la razón. Consideran en la sentencia que divulgar esta información no supone “ninguna infracción del ordenamiento jurídico que vulnere el derecho fundamental proclamado en el artículo 23.2 de la Constitución Española”. También indican que los derechos de los diputados a obtener información de las Administraciones Públicas —matizando que el Banco de España no forma parte de ellas— es limitado; en este caso, por la ley que regula el funcionamiento del Banco de España y que dentro de las excepciones a ella no está lo que recoge la demanda.

También se refiere al fondo del asunto, en lo que afirma que trasciende el ámbito nacional y afecta al europeo. Explica que las facilidades permanentes, tanto la de depósito como la de crédito, “son auténticos instrumentos de política monetaria que permiten al Banco Central Europeo aumentar o retirar liquidez del sistema financiero a plazo de un día”. Añade, además, que la información solicitada es confidencial, de acuerdo a la normativa del BCE, puesto que de difundirse “pondría en riesgo la efectividad de la política monetaria” y niega la obligación de publicar esta información que prevalezca sobre el riesgo para la efectividad de la política monetaria.

La resolución permite a los diputados de Sumar continuar la batalla judicial contra el Banco de España y seguir pleiteando. El siguiente paso será presentar un recurso ante el Tribunal Supremo. El proceso se ha ventilado en tan solo unos meses debido a que tiene preferencia sobre otros al estar relacionado con una posible vulneración de derechos fundamentales. La demanda de los diputados afirma que la negativa del Banco de España de entregar la información sobre los beneficios extraordinarios de la banca supone una vulneración de los derechos de los ciudadanos, a través de sus representantes parlamentarios, a acceder y participar en condiciones de igualdad a los asuntos, funciones y cargos públicos, en su vertiente funcional de acceso a la información de los poderes públicos. Esto abre la puerta a que puedan llamar finalmente al Tribunal Constitucional.





Sobre la firma

Álvaro Bayón
Redactor de la sección de empresas especializado en operaciones corporativas, banca de inversión y capital riesgo. Graduado en Estudios Hispánicos por la Universidad Autónoma de Madrid y Máster en Periodismo UAM-El País, ha desarrollado toda su carrera en Cinco Días, donde trabaja desde 2016.
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