Cuenta atrás para el Banco de España en el litigio sobre los beneficios extra del sector
La Audiencia Nacional dilucida la demanda de Sumar para divulgar cuánto dinero ha recibido cada entidad por el uso de la facilidad de depósito del BCE
La Audiencia Nacional dilucida en estos días la demanda planteada por Sumar sobre el uso de la facilidad de depósito por los bancos españoles durante los meses de subidas de los tipos de interés. El grupo político intenta que el Banco de España divulgue cuánto dinero obtuvieron las entidades por depositar reservas en este mecanismo del Banco Central Europeo (BCE), la base de lo que algunos grupos políticos han convenido en llamar los beneficios extraordinarios del sector financiero. La demanda planteada ante este tribunal ya está vista para sentencia.
El núcleo de la demanda se fundamenta en el uso de la llamada facilidad de depósito. Se trata del tipo de interés que abona el BCE a los entidades por depositar en el banco central reservas de dinero. Es un elemento clave en la transmisión de la política monetaria. El BCE fija el tipo de interés —que es el tipo de interés medio en el mercado interbancario a un día— al que remunera estas reservas, de modo que si este sube, los bancos tienen incentivos para dejar allí el dinero y no prestarlo; si baja, el efecto es justo el contrario. Igualmente cuenta con una facilidad de crédito, que les cobra dinero a los bancos a cambios de préstamo, con una utilidad inversa a la facilidad de depósito.
Este tipo de interés de la facilidad de depósito fue un elemento clave del BCE para luchar tanto contra la Gran Recesión como contra la crisis del Covid-19, para incentivar a la economía y favorecer la concesión de crédito. De hecho, estuvo durante largo tiempo en terreno negativo, lo que suponía que el BCE cobraba un tipo de interés a los bancos por tener sus reservas allí depositadas. Eran medidas extremas para intentar favorecer que el dinero fluyese a la economía. Sin embargo, en 2022, esta tasa de la facilidad de depósito escaló al ritmo en que esta institución elevó los tipos de interés, de modo que los bancos pasaron rápidamente de pagar por sus reservas en el banco central a obtener réditos por ellas. Llegó a estar en el 4%, si bien ahora se sitúa en el 3,25%.
Esta situación ha contribuido a elevar los ingresos del sector bancario, que en los últimos trimestres ha ido batiendo sus propios récords de beneficios. También ha servido como fundamento al Gobierno para introducir el tributo extraordinario a la banca, con el fin de intentar gravar estos ingresos extraordinarios durante los últimos dos años. Aunque los tipos de interés ya han caído y la situación macroeconómica ha cambiado, el Ejecutivo ha decidido prolongar la tasa durante tres años más.
Sumar —de acuerdo a la demanda presentada ante la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso este periódico— reclama que el Banco de España detalle cuánto ha percibido en los últimos ejercicios cada banco por esta facilidad de depósito. Este grupo parlamentario ya dirigió una solicitud por este motivo destinada al gobernador del Banco de España y considera que le ampara el derecho fundamental a obtener información. Sostiene que ni la propia regulación del Banco de España ni el reglamento del BCE constatan que esos datos estén sujetos al secreto profesional. Rechaza la idea de que pueda suponer un daño a los intereses de los bancos, por no tener un efecto comercial, o que puedan entorpecer la labor supervisora del Banco de España.
El partido político defiende, también, el derecho de los bancos a conocer esta información por su efecto en el diseño de la política fiscal. En este contexto, la demanda cita directamente el gravamen temporal a los bancos. “Para llevar a cabo la tarea de adaptación y diseño de manera eficaz de este gravamen es imprescindible conocer la naturaleza ordinaria o extraordinaria de los beneficios de cada entidad; también de aquellas no sujetas actualmente al gravamen por si fuera oportuno incluirlas también en el impuesto permanente. Es decir, es básico conocer si los beneficios que obtienen las entidades financieras proceden de depositar la liquidez en el BdE por lo que su naturaleza sería completamente extraordinaria y estaría además respaldada por el contribuyente, o si, por el contrario, provienen de la actividad comercial del banco por lo que su naturaleza estará más relacionada con la actividad ordinaria de la entidad. Asimismo, resulta importante conocer el detalle de ingresos por cada entidad bancaria para analizar la concentración en determinadas entidades de los beneficios procedentes de depósitos en la facilidad de depósitos del Banco de España”, cita la denuncia.
La posición del Banco de España la fijó el anterior gobernador, Pablo Hernández de Cos, en una intervención en el Congreso de los Diputados. En primer lugar, explicó que este mismo sistema de la facilidad de depósito opera en otros bancos centrales, como la Reserva Federal o el Banco de Inglaterra. También aludió a la reciente revisión estratégica del banco central, en la que decidió guiar la orientación de la política monetaria mediante el ajuste del tipo de interés de la facilidad de depósito. “Mi posición ha sido, efectivamente, esta misma, la de la conclusión, porque creo que no es adecuado, incluso peligroso, que el Banco Central utilice otra serie de criterios a la hora de fijar los tipos de interés, por supuesto, pero también a la hora de definir el marco operativo, que, en último término, está al servicio del objetivo de estabilidad de precios del Banco Central Europeo”, sostuvo.
El Banco de España acude al régimen de secreto previsto en la normativa que lo regula, dado que la petición de información no proviene de una comisión de investigación del Parlamento. Asimismo, matiza que ya ha publicado datos agregados de la remuneración de los depósitos en el banco central. Además, la institución que ahora pilota José Luis Escrivá pidió opinión al BCE sobre el asunto. La respuesta fue que divulgar lo ingresado por cada banco podría suponer un estigma para el uso de esta herramienta, lo que disuadiría a las entidades de acudir a ella y le restaría eficacia.
Proceso judicial
El procedimiento está visto para sentencia desde el pasado 8 de octubre, según han señalado fuentes jurídicas a este periódico. El proceso se ha ventilado en tan solo unos meses debido a que tiene preferencia sobre otros al estar relacionado con una posible vulneración de derechos fundamentales. La demanda de los diputados afirman que la negativa del Banco de España de entregar la información sobre los beneficios extraordinarios de la banca supone una vulneración de los derechos de los ciudadanos, a través de sus representantes parlamentarios, a acceder y participar en condiciones de igualdad a los asuntos, funciones y cargos públicos, en su vertiente funcional de acceso a la información de los poderes públicos. La Audiencia Nacional tiene pendiente señalar una fecha para la votación y fallo sobre este asunto.
Por el hecho de que la discusión jurídica está vinculada a derechos fundamentales, la Fiscalía ha intervenido en este procedimiento. Durante la vista, el representante del ministerio público en este caso, Manuel Campoy, apoyó la tesis de Sumar al entender que el supervisor bancario no justificó suficientemente su rechazo a entregar la información solicitada, amparándose en la política monetaria y el secreto profesional.
En este sentido, afirmó que “quienes están pidiendo la información no son particulares, afectados o no por el contenido concernido, sino diputados del Congreso en su condición de representantes del pueblo español, por el conducto reglamentario de las cámaras y para el ejercicio de su función parlamentaria”. Y, en cualquier caso, añadió que el secreto profesional y empresarial “no constituyen derechos fundamentales, sino medidas instrumentales para la protección de determinados intereses concernidos en cada caso y situación”.