La abogada de la UE propone confirmar la multa a Google de 2.424 millones por abuso de posición dominante
La jurista Julian Kokott ve acertado el criterio de la Comisión Europea sobre el “autofavoritismo” de la compañía en el servicio de comparación de productos
La abogada general de la Unión Europea aboga porque se confirme la histórica multa de 2.424 millones de euros que la Comisión Europea impuso a Google, en 2017, por abuso de posición dominante al haber favorecido en su motor de búsqueda su servicio de comparación de precios, Google Shopping, frente a los de la competencia. Así, la jurista alemana Juliane Kokott propone al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que rechace el recurso presentado por Google y su matriz, Alphabet, ...
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La abogada general de la Unión Europea aboga porque se confirme la histórica multa de 2.424 millones de euros que la Comisión Europea impuso a Google, en 2017, por abuso de posición dominante al haber favorecido en su motor de búsqueda su servicio de comparación de precios, Google Shopping, frente a los de la competencia. Así, la jurista alemana Juliane Kokott propone al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que rechace el recurso presentado por Google y su matriz, Alphabet, contra la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TUE), que avaló la sanción.
Kokott ha emitido este jueves su informe de conclusiones sobre este asunto –que no es vinculante para el tribunal, aunque la mayoría de ocasiones suele seguirlo– en el que señala que tanto el Ejecutivo comunitario como el tribunal europeo constataron un “autofavoritismo” de Google, ya que dispensaba una diferencia de trato a sus competidores llevada a cabo mediante un “efecto palanca”. Este consistía en explotar su posición dominante en el mercado de servicios de búsqueda general en Internet para procurarse ventajas competitivas en el mercado descendente de los servicios de búsqueda especializada de productos, en el que no ocupaba dicha posición.
En concreto, Google daba preferencia a los resultados de su propio servicio de comparación de precios, Google Shopping, frente a los de la competencia, cuyas ofertas quedaban relegadas hasta la cuarta pantalla o más allá en forma de un enlace azul. Esta actuación tuvo como consecuencia que los usuarios seleccionaban con más frecuencia los resultados de comparación de la compañía sancionada que las opciones de los competidores, cuyo éxito comercial dependía del tráfico en la página de resultados generales de Google.
Por todo ello, la Comisión multó a Google con 2.424 millones de euros, de la que Alphabet debe responder solidariamente con más de 523 millones de euros, una decisión que fue ratificada por el Tribunal General de la Unión Europea, el 10 de noviembre de 2021.
Tras la interposición del recurso ante la máxima instancia judicial europea, como última oportunidad de anular la sanción, la abogada general considera que el criterio de Bruselas fue acertado sobre perjuicios ocasionados a la competencia con el efecto de expulsión del mercado de servicios de búsqueda de productos. En este sentido, señala que el autofavoritismo reprochado a Google constituye una “forma autónoma de abuso mediante la aplicación de condiciones de acceso injustas a los servicios de comparación de productos de la competencia”.
La justicia europea ha mantenido siempre que, al favorecer la posición de Google Shopping, el gigante tecnológico violó el principio de “competencia por propios méritos”, pues según determinó el Tribunal General de la Unión Europea cuando juzgó el caso, el trato diferenciado aplicado por Google se basaba en el origen de los resultados, en función de si proceden de su propio comparador o de otros rivales. De modo, que “aun cuando los resultados de los comparadores competidores eran más relevantes, no podían beneficiarse de un trato similar al de los resultados del comparador de Google en cuanto a posicionamiento y visibilidad”.
La Comisión Europea explicó en 2017 que algunos comparados de precios que inicialmente podía competir con Google habían visto caer sus visitas en más de un 90%, según los datos que había recopilado el departamento de Competencia de Margrethe Vestager, tras haber rastreado 1.700 millones de búsquedas. Algunos de los rivales de la multinacional estadounidense se adaptaron para intentar sobrevivir a las prácticas ilegales del gigante, mientras otros abandonaron el mercado.
Tras conocerse que la letrada desestima el recurso de casación planteado por Google y su matriz, Alphabet, un portavoz de la compañía ha asegurado que “revisaremos la opinión de la abogada general y esperaremos la decisión final del Tribunal. Independientemente del recurso, seguimos invirtiendo en nuestra solución, que ha funcionado con éxito durante varios años; además de trabajar de forma constructiva con la Comisión Europea”.
El informe de la abogada general podría traducirse en una victoria para la política antimonopolio de la UE. La multa avalada es la tercera mayor impuesta por incumplir las normas del mercado en el Viejo Continente. La multa récord hasta la fecha, de 4.343 millones de euros, también fue impuesta por la Comisión Europea a Google, en 2018, en este caso por abuso de dominio a través de Android, su sistema operativo para dispositivos móviles. Esta sanción fue avalada por el TUE en septiembre de 2022, aunque aún está a la espera de la sentencia definitiva. Bruselas también impuso a Google en 2019 una tercera multa, de 1.490 millones de euros, por las cláusulas restrictivas en el mercado de la publicidad en línea.
El pasado junio, el Ejecutivo comunitario acusó formalmente a Google de abuso de posición dominante con sus servicios de tecnología publicitaria o adtech. Se trata del cuarto expediente contra la multinacional, aunque en este caso la investigación de las autoridades comunitarias sigue en marcha, y, si finalmente se confirmara, la Comisión podría obligar a Google a deshacerse de parte de sus servicios, según explicó la autoridad comunitaria.
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