La Audiencia de Madrid envía el caso Restalia a la Audiencia Nacional, como pedían los denunciantes

El tribunal considera que se cumplen todos los requisitos de competencia para que el órgano central conozca la querella

Establecimiento de 100 Montaditos, franquicia del Grupo Restalia

La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado trasladar a la Audiencia Nacional la querella por presunta estafa que varios exfranquiciados de Restalia presentaron contra la compañía de restauración –que cuenta con marcas como The Good Burger, 100 Montaditos, La Sureña, Panther o Pepe Tac– y sus altos cargos, al entender que se cumplen todos los requisitos para que un órgano central conozca los hechos denunciados. De este modo, el tribunal ha dado la razón a los denunciantes, que con...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado trasladar a la Audiencia Nacional la querella por presunta estafa que varios exfranquiciados de Restalia presentaron contra la compañía de restauración –que cuenta con marcas como The Good Burger, 100 Montaditos, La Sureña, Panther o Pepe Tac– y sus altos cargos, al entender que se cumplen todos los requisitos para que un órgano central conozca los hechos denunciados. De este modo, el tribunal ha dado la razón a los denunciantes, que consideran que los juzgados ordinarios de Madrid no tienen competencia para investigar estos hechos, tal y como sucedió.

Ahora, la Audiencia Nacional debe aceptar la inhibición. En caso de que no lo haga, se abriría un conflicto de competencia, cuya resolución recaerá en el Tribunal Supremo.

En un auto, con fecha del 24 de noviembre y que se ha notificado este viernes, al que ha tenido acceso CincoDías, la Sección número 5 de la Audiencia de Madrid ha estimado el recurso que los exfranquiciados plantearon contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid de no aceptar dicha petición. De hecho, este magistrado instructor acordó el pasado mes de enero el sobreseimiento de esta causa, al entender que las pérdidas sufridas por los denunciantes se debe a las consecuencias derivadas de la pandemia del Covid-19. Esta cuestión también recurrida y la Audiencia de Madrid todavía tiene que pronunciarse al respecto.

Mientras tanto, el tribunal ha resuelto la discusión sobre qué órgano jurisdiccional tiene competencia para conocer la querella y ha determinado, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que es la Audiencia Nacional la que debe practicar las diligencias necesarias para esclarecer los hechos.

“La doctrina (...) ha entendido que la normas que regulan los conflictos de competencia entre la jurisdicción ordinaria y la ‘especializada’ representada por la Audiencia Nacional deben resolverse interpretando restrictivamente las normas de atribución competencial en favor de la Audiencia Nacional, en base precisamente a la clara e inequívoca concurrencia de las notas que constituyen tal atribución competencial específica y que le convierten en el juez predeterminado”, explica el auto.

Múltiples perjudicados y complejidad

En este sentido, la resolución indica que el perjuicio causado supera los 20 millones de euros y que los “múltiples” perjudicados –más de 80, apunta la Audiencia de Madrid– se reparten por todo el territorio nacional e incluso por otros países, lo que puede encajar en el delito de defraudación o de maquinación para alterar el precio de las cosas.

En este punto, fuentes jurídicas conocedoras de este procedimiento han informado a este diario que hace unos días la Audiencia Provincial de Madrid estimó otro recurso de los exfranquiciados contra la denegación del juez instructor de admitir la ampliación de las querellas para incluir a nuevos afectados que abrieron restaurantes de Restalia en el extranjero.

Con todo ello, la Sección número 5 de la Audiencia de Madrid añade que, aunque es cierto que no existe un “límite prefijado para considerar la existencia de una grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil o en la economía nacional”, sí que se debe atender a “complejidad” de la causa, debido a la “Implicación de diversas personas físicas y empresas o con operaciones fraudulentas desarrolladas en distintos territorios, nacionales o extranjeros”.

Así las cosas, y siguiendo también el criterio de la Fiscalía, que informó a favor de mandar la causa a la Audiencia Nacional, tal y como adelantó este diario, la Audiencia de Madrid ordena la inhibición. Según explica en su resolución, la investigación se centra en si el Grupo Restalia “mediando engaño suficiente y bastante, obtuvieron la suscripción de numerosos contratos para la explotación de negocios franquiciados (...) consiguiendo que los perjudicados realizasen a su favor distintos pagos por cantidades ingentes de dinero bajo contratos criminalizados y mediando coacciones”.

“El inicial importe en que se cifra el perjuicio sería de más de 19 millones euros, suponiendo una grave afectación a la economía nacional y, en definitiva, al mercado, y ello conlleva que los hechos investigados resulten ciertamente complejos, lo que se ve reforzado por el fuerte entramado societario que subyace en la organización criminal denunciada, como también el alcance de esos acuerdos opacos con todos los proveedores homologados por parte de dicha organización y, entre ellos, entidades bancarias o grupos multinacionales”, concluye el auto.

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