El tribunal administrativo inadmite el recurso de Iberia contra el concurso del ‘handling’ de Aena
El TARC inadmite definitivamente la reclamación de la compañía, que ahora puede recurrir en la Audiencia Nacional
El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TARC) ha inadmitido definitivamente el recurso que Iberia interpuso contra el concurso de varios lotes para la prestación a terceros de servicio de asistencia en tierra (handling de rampa) en 43 aeropuertos y dos heliopuertos convocado por Aena, según la resolución a la que ha tenido acceso CincoDías. De este modo, la vía administrativa ha quedado zanjada, por lo que ahora se abre la vía ...
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El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TARC) ha inadmitido definitivamente el recurso que Iberia interpuso contra el concurso de varios lotes para la prestación a terceros de servicio de asistencia en tierra (handling de rampa) en 43 aeropuertos y dos heliopuertos convocado por Aena, según la resolución a la que ha tenido acceso CincoDías. De este modo, la vía administrativa ha quedado zanjada, por lo que ahora se abre la vía judicial para Iberia, que puede impugnar esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Fuentes de la compañía aseguran que acudirán a la Audiencia Nacional contra la resolución del TARC y solicitar la nulidad de la adjudicación del concurso de handling. Asimismo, señalan que pedirán como medida cautelar la suspensión de la concesión, alegando los perjuicios de “difícil o imposible reparación” que puede suponer la ejecución de la misma mientras se resuelve el fondo del asunto. Po
La Sección Primera del tribunal administrativo, que depende del Ministerio de Hacienda, no ve las “irregularidades” denunciadas por Iberia, que ha perdido la licencia de ocho grandes aeropuertos de la red Aena, como la de Barcelona-El Prat. Con la presentación del recurso, el pasado 20 de octubre, el tribunal acordó la suspensión cautelar de la adjudicación –en base al posible daño económico que se podía causar mientras se analizaba el recurso–, que ahora se ha levantado. Asimismo, el tribunal no aprecia “mala fe o temeridad” en la interposición de la reclamación, por lo que no impone ninguna multa que se prevé en la ley en estos casos.
Además, la resolución llega justo dos días después de que se desconvocara la huelga programada para el puente de diciembre (entre los días 5 y 10), y a la que estaban llamados 6.000 trabajadores, después de que UGT alcanzara un acuerdo con la patronal de servicios handling (Aseata).
Sin competencia
El tribunal administrativo rechaza entrar a estudiar el fondo del asunto porque, siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), carece de competencia para resolver cuestiones sobre la cesión de espacios aeroportuarios. En cualquier caso, el tribunal señala que, de acuerdo también a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la prestación del servicio de handling no se considera un contrato público, ni se puede aplicar la legislación prevista para ello, ya que la licitación “no se ajusta por entero a un negocio concesional de servicios, pues Aena no transfiere un servicio propio, de su titularidad”.
El Tribunal Supremo dictó en 2019 que las adjudicaciones del handling de rampa no puede ser objeto de recurso especial, tal y como lo contempla la Ley de Contratos. En este caso, el gestor aeroportuario cede un permiso y el agente de handling presta el servicio a su riesgo, cobrando directamente a las aerolíneas. Aena no firma, por tanto, un contrato de gestión de servicios ni ofrece una concesión, reglados ambos por el artículo 275 de la Ley de Contratos del Sector Público. El Supremo dictó entonces la falta de competencia del TACRC para conocer de un recurso o reclamación en el marco de un servicio aeroportuario de asistencia en tierra. Y aclaró que el recurso contra la selección de las firmas del handling debe presentarse ante la justicia ordinaria o ante una autoridad pública distinta de la propia Aena o, en un tercera vía, ante un ente independiente de la autoridad pública que controle a Aena.
En concreto, Iberia demandó ante el TACR la nulidad de las adjudicaciones de los lotes 2 (aeropuerto de Barcelona), 3 (Palma de Mallorca), 4 (Málaga), 5 (Alicante), 6 (Las Palmas de Gran Canaria), 7 (Tenerife Sur), 8 (Valencia), 9 (Ibiza), 11 (Arrecife-Lanzarote), 12 (Bilbao) y 14 (Fuerteventura) del citado concurso, del que salieron fuertemente reforzadas Menzies y Aviapartners, al tiempo que Groundforce salvó sus posiciones.
Iberia Airport Services, con 7.000 empleados, copaba hasta ahora un 35% de cuota en el handling a terceros. El concurso, anunciado en septiembre, supuso un fuerte choque con Iberia, pues, salvo el de Madrid-Barajas, perdió la licencia en grandes aeropuertos en los que estaba presente y de importante tráfico aéreo.
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