El juez aparta cautelarmente a los gestores de Gedesco tras la petición de JZI

Un juzgado de lo mercantil de Valencia considera “extravagante” que los accionistas minoritarios intenten bloquear al dueño del grupo

Sede de Gedesco en Valencia

Nuevas medidas cautelares sobre Gedesco. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia ha aceptado la petición del fondo estadounidense JZ International –que posee el 67,5% de la compañía valenciana de financiación de pymes– y ha decidido apartar provisionalmente del consejo de administración de la matriz Gedesco Finance a sus actuales gestores.

En un auto, con fecha del pasado 14 de noviembre y al que ha tenido ...

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Nuevas medidas cautelares sobre Gedesco. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Valencia ha aceptado la petición del fondo estadounidense JZ International –que posee el 67,5% de la compañía valenciana de financiación de pymes– y ha decidido apartar provisionalmente del consejo de administración de la matriz Gedesco Finance a sus actuales gestores.

En un auto, con fecha del pasado 14 de noviembre y al que ha tenido acceso CincoDías, el juez ha designado, mientras se dirime el procedimiento, a cuatro nuevos miembros independientes en el consejo de administración, que sustituirán a los fundadores de Gedesco, Antonio Aynat y Francisco Javier García Escrivá, y a los que fueran directivos del fondo de capital riesgo, Miguel Rueda y Ole Groth.

El fondo estadounidense, fundado por David W. Zalaznick y Jay Jordan, mantiene una intensa batalla judicial contra los que hasta ahora dirigían Gedesco con distintos cruces de acusaciones en los tribunales de Nueva York y en Valencia. La principal discusión se dilucida en el Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia, que investiga la querella de JZI contra Aynat, García Escrivá, Rueda y Groth por el presunto desvío de, al menos, 100 millones de euros de Gedesco a sociedades de su propiedad.

Límites a la transmisión

En el marco de este procedimiento, el fondo solicitó una serie de medidas cautelares, como la prohibición del poder de transmisión en Gedesco y la intervención judicial, si bien el magistrado solo aceptó la primera solicitud, al considerar que todo lo relativo a la actuación de los administradores y el órgano de gobierno de la compañía era competencia de un juzgado de lo mercantil.

En base a ello, los abogados de JZI acudieron a la vía mercantil para intentar recuperar el control de la empresa y evitar que los investigados por la jurisdicción penal se atrincheren en el consejo de administración. De hecho, la querella hace referencia a las diversas solicitudes por parte del fondo americano, como máximo accionista de Gedesco, de convocar una Junta general para poder cesarles. Dicha reunión nunca se había celebrado hasta el pasado 13 de junio.

En dicho encuentro se debatió la expulsión de los gestores del consejo de administración. La mayoría, constituida por JZI, votó a favor de la moción y el resto de socios –Venalta Capital, propiedad de Aynat (aproximadamente un 22% de capital de Gedesco), y Anthophila, cuyo dueño es García Escrivá (que posee un 11% de la compañía valenciana)– votaron en contra. No obstante, la expulsión no llegó a aprobarse en virtud de un “pacto parasocial” por el que el presidente de la asamblea, Miguel Rueda, puede entender que no se ha alcanzado la mayoría necesaria de un 80% para hacer nombramientos y ceses.

Es “extravagante”

Esta decisión es la que JZI ha impugnado y ha servido para pedir la medida cautelar ahora adoptada. Según el juez de lo mercantil, “se antoja extravagante que [el pacto] pueda ser esgrimido por los socios minoritarios para bloquear toda capacidad de acción por parte del mayoritario, tanto más en un escenario de conflicto entre los dos bloques de capital”.

Con todo ello, el magistrado considera que “concurren los requisitos necesarios para la adopción de las medidas solicitadas, que en principio, y superando ciertamente la complejidad de su planteamiento, resulta perfectamente homogénea”.

Y es que, según advierte, las consecuencias de no aplicar la prevención durante la tramitación del procedimiento, y hasta que se dicte sentencia firme, pueden ser mayores: “Con el proceder de los dos bloques de titularidad del capital social y la situación de conflicto entre ellos, podría suponer (...) que el órgano de administración viniere a adoptar acuerdos de imposible o muy gravosa desactivación, con perjuicio para la sociedad y para la posición del socio mayoritario”, concluye la resolución.

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