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La CNMC sanciona a Bureau Van Dijk e Informa D&B por fijar precios y repartirse clientes

El regulador también se dirige contra las matrices Moody’s Corporation y Cesce, aunque solo Informa D&B abonará 3,55 millones

CNMC
Sede de la CNMC, en Madrid. Pablo Monge
Nuria Morcillo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a dos de las principales empresas de servicios de bases de datos de información empresarial en España. Se trata de Bureau Van Dijk Publicaciones Electrónicas e Informa D&B, a quienes ha multado por formar un cártel consistente en el reparto de clientes y la fijación de precios para la comercialización de sus productos. El regulador también se ha dirigido, de manera solidaria, contra las empresas matrices, Moody’s Corporation y Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (Cesce), respectivamente.

Según ha informado el organismo regulador en un comunicado, tanto Bureau Van Dijk como Informa D&B se han beneficiado del programa de clemencia de la CNMC, tras reconocer las prácticas anticompetitivas y al haber aportado pruebas de su existencia. De este modo, la filial de Moody’s, que fue la primera en dar el paso para reconocer las conductas ilícitas, ha quedado exenta del pago de la multa que le hubiese correspondido; mientras que Informa D&B, a quien se le ha aplicado una reducción del 30% del importe de la sanción, deberá abonar una sanción de 3,55 millones de euros.

Ambas compañías, que operan en el mercado de prestación de servicios de información comercial (económica y financiera) a terceros, han reconocido la existencia de una reunión el 16 de septiembre de 2002, en la que alcanzaron un acuerdo que “sería la base de las relaciones entre ellas desde entonces y hasta el año 2021″, según ha explicado la CNMC. “El acuerdo tuvo como finalidad principal no interferir en la captación de clientes de la otra empresa y evitar la competencia en precios en la comercialización de los productos Amadeus y Sabi y posteriormente Orbis”, ha detallado el regulador.

Así, el reparto de clientes se articuló a través de diversas estrategias como el intercambio periódico de las listas de clientes y prospectos “para evitar interferir en los clientes y negociaciones de la otra empresa”. Como parte del pacto de no agresión se acordó la contratación vinculada de los tres productos. Esta actuación fue “una constante” durante la vigencia del cártel, ha añadido el organismo que dirige Cani Fernández.

Por otro lado, las empresas también han admitido la fijación de precios directos y de descuentos máximos entre ellas. De hecho, según ha indicado el organismo, “se han recabado incluso pruebas sobre acuerdos para igualar precios con el objetivo de que el cliente no tuviera que escoger entre ambas empresas en base a ese parámetro”.

Este tipo de acuerdos están prohibidos en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y constituyen una infracción muy grave constitutiva de cártel merecedora de sanciones que pueden suponer hasta un 10% del volumen de negocios de las empresas.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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