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Pasos para que los autónomos con empleados puedan ofrecer formación bonificada

La empresa deberá darse de alta y gestionar la acción formativa a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo

Los trabajadores autónomos que tengan contratados trabajadores pueden ayudar a sus empleados a desarrollarse profesionalmente y a adquirir nuevas habilidades. Para ello, deben conocer primero los créditos de formación de que disponen para bonificar la acción formativa que deseen a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.

En primer lugar, lo que deben hacer es calcular el crédito de formación de que disponen. Este crédito de formación hace referencia a la cuantía que tiene la empresa anualmente como ayuda para la formación de sus empleados. El crédito formativo se calcula en función de lo que se haya cotizado por formación profesional, así como la plantilla con la que cuente la empresa.

A continuación, es importante que la empresa se dé de alta en la aplicación de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, ya que la gestión de las bonificaciones se realizan a través de ahí. Es la propia empresa o la entidad organizadora la que se ocupará de gestionar las bonificaciones.

Si la empresa tiene representantes de los trabajadores, deberá pedirle al colectivo que le aporte datos relacionados con el curso que se va a realizar. Entre la información a aportar se encuentra la denominación, descripción y objetivos de las acciones formativas, el calendario de ejecución del curso, quién lo va a realizar, el lugar de impartición y el balance del mismo.

Inicio del curso

A continuación, deberá comunicarse el inicio del curso. Esto se realiza a través de la propia plataforma una vez se da de alta la acción formativa.

La formación será gratis para los participantes y su duración no puede ser inferior a dos horas, al igual que tampoco puede superar las ocho horas diarias. Igualmente, una vez que los participantes terminen el curso, se les deberá entregar un cuestionario de evaluación del mismo.

Una vez acabe el curso, se deberá comunicar el fin de la acción formativa, quién lo ha realizado, los costes que ha supuesto para la empresa y se tendrá que indicar la cuantía a bonificar y el mes de dicha bonificación.

Para que el curso sea bonificable uno de los requisitos imprescindibles es que la empresa esté al corriente de los pagos con Hacienda y la Seguridad Social.

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