Sujeto pasivo del IVA: quién es y qué obligaciones tiene
Se trata de las personas o empresas que emiten facturas con este impuesto
La persona o empresa obligada a cumplir con los deberes tributarios es lo que se denomina ‘sujeto pasivo’. La Agencia Tributaria especifica en su página web que el sujeto pasivo tiene una serie de obligaciones tributarias que cumplir.
Según Hacienda, los sujetos pasivos del IVA deben presentar declaraciones con carácter informativo. Entre las declaraciones a presentar se encuentran aquellas relativas al inicio de su actividad, a la modificación o cese de las mismas. Las declaraciones son, en concreto, los modelos 036 y 037, en función del caso concreto. También, en el caso de que se haya producido una modificación o cese de operaciones de regímenes especiales tendría que presentarse el formulario 035.
Los sujetos pasivos del IVA también deben presentar cada año el modelo 347 sobre las operaciones económicas realizadas con terceras personas o el modelo 349 si realiza operaciones intracomunitarias.
Por otro lado, anualmente, estos individuos tendrán que presentar una declaración-resumen anual, que es el modelo 390. Aquellos que hayan registrado los libros de contabilidad del IVA a través de la Sede Electrónica no tendrán que presentar la declaración anual de operaciones con terceras personas o el modelo anual del IVA.
Presentación de autoliquidaciones
Estos profesionales también tendrán que presentar periódicamente las autoliquidaciones correspondientes y disponer de un número de identificación fiscal.
Igualmente, los sujetos pasivos del IVA tendrán que expedir y entregar facturas de sus operaciones y conservar copia de los mismos. Lo mismo sucederá con su contabilidad. Aquellos que lo deseen, podrán registrar voluntariamente sus libros de registro del IVA a través de la Sede Electrónica.
Estarán obligados a registrar los libros del IVA en la Sede Electrónica solo los profesionales inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA), las grandes empresas y los grupos de IVA.
Por último, los sujetos pasivos del IVA están obligados a nombrar representante para cumplir con las obligaciones del IVA del Estado o de la Comunidad donde realicen sus operaciones. Esto se lleva a cabo a excepción de aquellos profesionales que se acojan a los regímenes especiales aplicables a las ventas a distancia y a determinadas entregas interiores de bienes y prestaciones de servicios.