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Cooperativas de autónomos: cómo se forman y cómo funcionan

Estas entidades permiten a los autónomos facturar por su trabajo sin estar dados de alta en el RETA

Cuando una persona decide comercializar sus productos y servicios, debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Sin embargo, cuando el volumen de ingresos es muy pequeño, o esporádico, podría ser u n inconveniente para el profesional tener que darse de alta en la Seguridad Social y en Hacienda. Es entonces cuando una de las opciones del autónomo, según Vivus, es pertenecer a una cooperativa de autónomos.

Las cooperativas de trabajo autónomo permiten a los freelances facturar por su trabajo sin tener que darse de alta como autónomo.

Al darse de alta en la cooperativa, el profesional pasa a pertenecer automáticamente a la misma. A partir de ese momento, la cooperativa podrá facturar por el trabajo que realiza el profesional. Para ello, se llevará una comisión por las gestiones que realice.

Será la cooperativa la que dé de alta al profesional en la Seguridad Social y la que realice el pago del IRPF correspondiente, que habitualmente suele ser el mínimo, esto es, el 2%.

Costes de gestión

Al formar parte de una cooperativa de autónomos, las facturas que se envíen a los clientes llevarán los datos fiscales de la cooperativa, no los del profesional. El cliente, además, abonará la factura a la cooperativa y cuando ésta perciba el ingreso y descuente los costes correspondientes, pagará al autónomo.

Al ser socio de la cooperativa, el autónomo se convertiría en trabajador de la misma, por lo que la empresa podría abonarle una nómina, que será, en definitiva, el importe de las facturas.

La cuota de inscripción en la cooperativa puede llegar a los 100 euros, aunque en los últimos años han proliferado las cooperativas de este tipo, por lo que el importe por pertenecer a ellas podría ser menor. Hay algunas que solo cobran la cuota a los autónomos los meses que facturen. Se estima que esta cuota suele rondar los 6 euros al mes, a esos costes habría que añadírseles también los costes derivados de la liquidación correspondiente. Así, a la hora de abonar la factura, la cooperativa incluirá el descuento del 2% del IRPF, el coste de la Seguridad Social, los gastos de gestión y una comisión de la sociedad.

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