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Estas son las deducciones por eficiencia energética a las que optan los autónomos

Los profesionales podrán deducirse obras que hayan realizado entre octubre de 2021 y diciembre de 2022

Los autónomos tienen derecho a deducciones por inversiones en obras de eficiencia energética en su vivienda habitual. Así lo advierte Declarando en su último Observatorio Jurídico, donde se abordan las medidas que ayudarán a los autónomos a mejorar su eficiencia energética.

Las medidas se encuentran en el Real Decreto-ley 19/2021, con el que se modifica la ley del IRPF. Según esta normativa, los autónomos tienen derecho a deducciones por la realización de obras de mejora que impliquen una reducción en el uso de la calefacción y la refrigeración. Si la inversión se realizó entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022, los autónomos podrán deducirse un 20% de la inversión. No obstante, la normativa advierte que la deducción solo se aplicará cuando se haya conseguido un ahorro energético del 7%. Esto tendrá que acreditarse con un certificado de eficiencia energética.

Obras para reducir el consumo

Los profesionales autónomos también tendrán derecho a deducciones por obras que hayan supuesto una reducción del consumo de energía primaria no renovable. Según esta medida, con las obras se debería haber reducido al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable. Además, la vivienda debería conseguir una mejora en la calificación energética y obtener o bien un certificado ‘A’ o uno ‘B’.

En este sentido se establece un máximo de deducción de 7.500 euros ya sea en la tributación individual o conjunta. El porcentaje de deducción a aplicar sería de un 40%. Las obras se deben haber llevado a cabo entre el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022. En este caso, no se aceptará que las obras se hayan llevado a cabo en partes de la vivienda excluidas de la actividad del profesional.

Por último, existe una deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial. El máximo de deducción anual será de 5.000 euros. El profesional podrá deducirse hasta un 60% del importe de la obra. En este caso, las obras deben haberse realizado en todo el edificio. La deducción se aplicará a las obras realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.

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