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Transporte

La CNMC reclama un régimen sancionador mucho más duro en la supervisión del sector ferroviario

La futura Ley del Sector Ferroviario contempla una sanción máxima de 300.000 euros, desde los 6.300 euros actuales

Trenes de alta velocidad de Renfe.
Trenes de alta velocidad de Renfe.Pablo Monge
Javier Fernández Magariño

La CNMC ha puesto pegas al régimen sancionador que viene con la futura Ley del Sector Ferroviario por ser excesivamente suave. Visto que la Directiva Europea sobre el Espacio Único Ferroviario exige que los reguladores tengan suficiente capacidad sancionadora, y que los órganos de competencia de países como Italia, Francia y Holanda, sancionan las infracciones graves hasta con el 2%, 3% y 10% de los ingresos anuales de las compañías, respectivamente, en España se reclama una norma más severa.

En un informe publicado esta mañana sobre el Anteproyecto de Ley, por el que se modificará el régimen sancionador, la CNMC resalta la importancia de que sus resoluciones y requerimientos sean cumplidos en un contexto de arranque de la liberalización del transporte de viajeros en ferrocarril. Hasta el momento la multa máxima que podía imponer era de 6.300 euros, atendiendo a la citada Ley del Sector Ferroviario, cuantía que la reforma pretende subir hasta los 300.000 euros. Sin embargo, se trata de una herramienta de disuasión que el órgano sigue considerando insuficiente.

La norma fijará 100.000 de multa por incumplimiento de los requerimientos de información de la CNMC, y los citados 300.000 por no atender sus resoluciones. En el informe también se recuerda que estas sanciones son inferiores a las previstas para otros sectores también supervisados por la CNMC, como son el energético y el aeroportuario.

El órgano que preside Cani Fernández cree más eficaz definir las sanciones máximas en términos de un porcentaje sobre los ingresos de las empresas infractoras. En el caso del sector energético la multa por una infracción muy grave no puede ser inferior a 6 millones ni superior a 60 millones, y por infracciones graves la multa estará entre los 600.000 euros y los 6 millones. En el sector aeroportuario, las infracciones muy graves por el incumplimiento de las resoluciones de la CNMC son de entre 250.000 euros y 4,5 millones.

El Anteproyecto de Ley también modifica el régimen sancionador aplicable a la supresión o retraso de la circulación de trenes. Todas las operadoras podrán ser sancionadas y no solo las sujetas a las obligaciones de servicio público como hasta ahora. La CNMC opina que estas nuevas infracciones deberían valorarse junto a las penalizaciones y compensaciones que ya deben afrontar las empresas ferroviarias según otra normativa en vigor, la de incentivos en el sistema de los cánones por utilización de las infraestructuras ferroviarias.

Por último, el anteproyecto introduce dos nuevas infracciones graves por incumplimientos de disposiciones de dos Reglamentos europeos: el de 2016 sobre asignación de capacidad y el de 2017 sobre instalaciones de servicio ferroviarias. La Comisión considera que la tipificación de las dos nuevas infracciones mejorará la eficacia de la supervisión. Sin embargo, deberían incluirse, a su juicio, como infracciones los incumplimientos de otras obligaciones de información previstas en la propia Ley del Sector Ferroviario.

Sobre la firma

Javier Fernández Magariño
Es redactor de infraestructuras, construcción y transportes en Cinco Días, donde escribe desde junio de 2000. Ha pasado por las secciones de Especiales, Cinco Sentidos, 5D y Compañías siguiendo la información de diversos sectores empresariales. Antes fue locutor de informativos en la Cadena Cope, además de colaborar en distintos medios de Madrid.

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