¿Cómo serán las becas en el curso 2022-2023? Notas, plazos y cuantías
El plazo de solicitud se adelanta a marzo y la nota media para lograr una beca de máster no habilitante baja a 5 puntos
El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto por el que se establecen las cuantías para las becas académicas del curso 2022-2023. El presupuesto alcanza los 2.134 millones, una cifra récord que busca cubrir la entrada de nuevos becarios como consecuencia de la mala situación económica que ha dejado la pandemia. Se trata de una subida de 96 millones respecto al ciclo anterior y se estima que más de 1,1 millón de jóvenes se beneficiarán.
Las ayudas están dirigidas a estudiantes de primero y segundo de Bachillerato, a alumnos de Formación Profesional de grado medio y superior así como universitarios o quienes cursen enseñanzas artísticas profesionales y superiores, deportivas, religiosos superiores, estudios de idiomas en escuelas oficiales, cursos de acceso y ciclos formativos de Grado Básico, un máster o título oficial de grado.
Novedades del curso
La novedad más importante de esta convocatoria es que los plazos tanto de solicitud como de comunicación de las becas se adelantarán cuatro meses, de modo que está previsto que la convocatoria se abra en marzo y no en julio o agosto, como venía ocurriendo. El objetivo es que los interesados sepan si cumplen con los requisitos para recibir estas ayudas antes del periodo de matriculación.
La segunda gran modificación es que la nota media para lograr una beca de máster no habilitante baja de 6,5 a 5. De esta forma se culmina el proceso que se inició hace un año, cuando el Ministerio de Universidades implementó el mismo criterio para los posgrados habilitantes, es decir aquellos que obligatoriamente hay que aprobar para ejercer ciertas profesiones, como abogado, psicólogo, profesor de secundaria o sanitario.
Más allá de estos cambios, se conservan las ayudas dirigidas a los estudiantes con necesidades específicas de apoyo (discapacidades, trastorno grave de conducta, trastorno del espectro autista y trastorno grave de la comunicación y del lenguaje).
Ayudas que ofrece el Ministerio de Educación
Las cuantías fijas de las becas para los universitarios y no universitarios se destinarán de la siguiente manera:
Renta del solicitante: 1.700 euros
Residencia durante el curso: 1.600 euros
Beca básica: 300 euros. Para quienes cursen ciclos formativos de Grado Básico, la cuantía será de 350 euros.
Cuantía variable: Su importe mínimo será de 60 euros y resultará de la ponderación de la nota media del expediente del estudiante y de su renta familiar
Excelencia en el rendimiento académico: entre 50 y 125 euros a partir de una nota media de 8 puntos. La cifra máxima será para quienes tengan una calificación de 9,5 puntos o más.
Beca de matrículas: cubrirá el importe de los créditos de los que se haya matriculado el estudiante por primera vez en el curso 2022-2023.
Requisitos económicos
El Real Decreto mantiene los importes máximos de renta familiar vigentes en el curso pasado, los cuales determinan el derecho a la obtención de una beca. Hay tres umbrales distintos, según los cuales se puede acceder a unas ayudas u otras.
Si no se supera la cuantía fijada en el primer umbral, el solicitante podrá optar a la ayuda por concepto de renta, residencia, rendimiento académico, cuantía variable y la cobertura de la totalidad de la matrícula.
Si se supera el primer umbral, pero no el segundo, el solicitante podrá recibir la ayuda por residencia, rendimiento académico, la beca básica y la cuantía variable, además de la cobertura de la matrícula.
Si se supera el segundo umbral, pero no el tercero, el solicitante podrá obtener la ayuda ligada al rendimiento académico, la beca básica y la matrícula. En caso de superar todos los umbrales, el estudiante no tendrá derecho a las ayudas.
Para calcular el umbral se debe sumar la renta de cada uno de los miembros de la familia que obtengan ingresos. A efecto de las becas y ayudas, se computará el ejercicio 2021.
Deducciones que se aplican a la renta familiar
El 50% de los ingresos de cualquier miembro que no sean los sustentadores principales.
Si el solicitante pertenece a una familia numerosa general, 525 euros por cada hermano que compute y viva en el domicilio, incluyendo el solicitante. Si es familia numerosa especial, 800 euros.
1.811 euros por cada hermano o hijo del solicitante o el propio solicitante que presente discapacidad, legalmente reconocida, de grado igual o superior al 33%. La cifra puede aumentar hasta los 2.881 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al 65%.
El 20% de la renta familiar cuando el solicitante sea huérfano absoluto y menor de 25 años.