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El CGPJ ve compatible con el derecho a la propiedad la limitación del precio del alquiler

El borrador que debatirán los jueces pide que los topes a las rentas estén justificados Cree que ocasionarán una sobrecarga de trabajo en los tribunales

EFE
Pablo Sempere

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ve luces y sombras en el Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana llevará al Consejo de Ministros del próximo martes 18 de enero para su aprobación. Por un lado, el borrador que el órgano de gobierno de los jueces debatirá este viernes en sesión extraordinaria entiende que el texto supone “un instrumento normativo adecuado para consagrar y dotar de contenido el derecho a la vivienda”. Por otro, “echa de menos” que el documento especifique “los medios que se emplearán para hacer efectiva la tutela del derecho a la vivienda”.

Las conclusiones oficiales del CGPJ deberían conocerse previsiblemente este viernes. Hasta entonces, el borrador redactado por el vocal Álvaro Cuesta deja entrever cuál podría ser la posición definitiva del órgano de los jueces.

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De entrada, el borrador ve compatible la limitación de los precios del alquiler, una de las medidas más polémicas del anteproyecto, con el derecho a la propiedad recogido en el artículo 33 de la Constitución. El supuesto carácter inconstitucional de esta medida es uno de los argumentos que ha venido utilizando buena parte del sector inmobiliario y de la oposición para rechazar la normativa. El documento, sin embargo, es claro: “La regulación adoptada no hace irreconocible dicho derecho [a la propiedad] ni niega la utilidad económica de la propiedad, por lo que se mueve dentro de los parámetros de control establecidos por el Tribunal Constitucional y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, señala. Fuentes jurídicas explican que, previsiblemente, el CGPJ avalaría este mecanismo por estar recogido en una norma de carácter estatal y dejar su puesta en marcha definitiva en manos de las comunidades autónomas, quienes tienen competencia en materia de vivienda.

Pese a ello, matiza el borrador, “se echa en falta una justificación suficiente” de la necesidad de aplicar las medidas de contención, por lo que se sugiere la conveniencia de establecer un periodo temporal de aplicación que permita evaluar su resultado e incidencia tanto en el mercado de alquiler residencial como desde el punto de vista social y económico.

El hecho de que estas medidas de contención estén dirigidas a los alquileres de las zonas tensionadas “no conlleva por sí mismo un análisis empírico del resultado de su aplicación”, añade el informe.

Una vez que la norma se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), algo que según el calendario firmado entre el Gobierno y la Comisión Europea debería suceder como tarde en el tercer trimestre de este año, el Ministerio de Transportes tendrá un margen de 18 meses para elaborar un índice que permita a las autonomías que así lo decidan establecer sus zonas calientes como áreas tensionadas durante un margen mínimo de tres años. Cuando esto suceda, entrarán en juego diferentes medidas como la limitación de los precios para las viviendas propiedad de grandes empresas. A los pequeños caseros de estas zonas, por ejemplo, únicamente se les aplicará una congelación de las rentas.

El borrador, además de sugerir un análisis empírico alrededor de los topes al alquiler, advierte de la “inconcreción e imprecisión” que afecta a algunos enunciados y contenidos del anteproyecto, “lo que dificulta la definición precisa del derecho que se pretende garantizar”.

Es en este apartado donde el documento sitúa a los topes al alquiler. Según el borrador, “el prelegislador parece haber renunciado a regular mecanismos pre o extraprocesales específicos para asegurar el cumplimiento” de estas limitaciones, “dejando en manos de los órganos judiciales su exigibilidad y cumplimiento”. Esta solución, advierte la propuesta, tendrá una “incidencia en la carga de trabajo que soportan los tribunales, ya de por sí elevada”.

En su análisis preliminar, el CGPJ también echa en falta que el texto especifique los medios que se emplearán para hacer efectiva la tutela del derecho a la vivienda. Pese a su carácter básico, señala la propuesta de informe, "el anteproyecto requiere un mayor grado de claridad". En este punto pone como ejemplo la identificación del titular del derecho y del sujeto obligado, así como el modo en que "puede exigirse el cumplimiento de dicho derecho". También señala la ausencia de un mínimo grado de concreción en la definición de conceptos como infravivienda, vivienda digna y adecuada y las condiciones asequibles conforme al esfuerzo financiero al que deben hacer frente los hogares. A su vez, flaquean las definiciones que fijan los deberes del ciudadano en relación con las actuaciones de conservación, reparación o mejora de los inmuebles.

Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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