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Diálogo social

Las exoneraciones de los ERTE irán del 40% al 80% dependiendo si se da o no formación

Las actuales condiciones se prorrogan todo el mes de octubre Los nuevos requisitos irán del 1 de noviembre al 28 de febrero

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (d), y la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Diaz.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez (d), y la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Diaz.EFE
Raquel Pascual Cortés

El Gobierno llegó en la tarde de ayer a un principio de acuerdo con las patronales CEOE y Cepyme y los sindicatos CC OO y UGT para prorrogar las nuevas condiciones de los expedientes de regulación de empleo (ERTE) por la crisis del Covid hasta el 28 de febrero, un mes más de lo barajado inicialmente, según informaron fuentes de la negociación.

Este principio de acuerdo –que ayer sí estuvo pilotado por el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, después de que la ministra de Trabajo cerrara en días previos su parte– quedó pendiente de la ratificación por parte de las organizaciones patronales y sindicales que así lo requieran para que el Gobierno pueda aprobar el real decreto casi con toda seguridad en el Consejo de Ministros de hoy. De hecho, la patronal CEOE-Cepyme dio el visto bueno a este acuerdo "por unanimidad" poco antes de las 23.00 horas de este lunes.

Según lo acordado, las actuales condiciones de los ERTE vigentes se prorrogarán un mes más hasta el 31 de octubre, mientras que los nuevos requisitos y ayudas entrarán en vigor el próximo 1 de noviembre y hasta el 28 de febrero antes citado. Además, este nuevo acuerdo elimina la prórroga automática de los ERTE por lo que las empresas deberán volver a solicitar otro a la autoridad laboral competente, algo que podrán hacer a lo largo de todo el mes de octubre, según estas mismas fuentes.

En cuanto a la vinculación entre las cuantías de las nuevas exoneraciones de cotizaciones y la impartición de programas de formación a los trabajadores en ERTE, algo que los empresarios rechazaban, ha quedado de la siguiente manera: En empresas de más de 10 trabajadores con expedientes de limitación, las exoneraciones serán de un 40% en el caso de que no se imparta formación y de un 80% en el caso de que sí se imparta. Mientras que en empresas de hasta 10 empleados dichas exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social serán del 50% si la empresa se niega a formar a sus trabajadores y del 80% si se imparten acciones formativas. En los ERTE de impedimento (cuando ejercer la actividad está prohibido por razones sanitarias), las exoneraciones para todas las empresas serán del 100%.

En las compañías de entre 10 y 49 trabajadores las acciones formativas deberán ser de 30 horas de duración; y en las de más de 50 empleados, de 40 horas. Estas actividades de formación se financiarán con un incremento de crédito para la financiación en el ámbito de la formación programada (la recogida en la Ley 30/2015 por el que se regula el sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral).

Otra de las novedades de este acuerdo es que el conocido como 'contador a cero' --que consiste en que la prestación por desempleo que reciben los trabajadores en ERTE no consume los derechos de paro previos a los expedientes por Covid-- se amplía hasta el 31 de diciembre. Esto quiere decir que los afectados por ERTE que sean despedidos a partir del 1 de enero de 2023 podrán cobrar todas las ayudas de paro generadas antes de la crisis.

También se recupera la prestación extraordinaria para las personas con contratos fijos discontinuos y se garantiza el contador a cero para este colectivo, que antes no estaba garantizando. Asimismo, se mantiene la cuantía de la prestación por desempleo en el 70% de la base reguladora durante toda la vigencia del acuerdo.

También se mantienen las condiciones de acceso a la prestación, aunque no tengan el tiempo requerido cotizado, la obligación del mantenimiento del empleo por parte de las empresas; la prohibición de que los trabajadores en ERTE realicen horas extras así como nuevas contratas o subcontratas; y la prohibición del reparto de dividendos en compañías con estos expedientes. Todos estos requisitos se han mantenido a lo largo de las sucesivas prórrogas.

Además, se regulan medidas extraordinarias para las empresas y personas trabajadoras de las islas Canarias afectadas por la erupción volcánica, con condiciones en ERTE con derechos y garantías reguladas para los ERTE por COVID-19.

 Tanto los sindicatos como los empresarios se han mostrado muy satisfechos con este acuerdo. Y, concretamente, la patronal ha emitido un comunicado en el que, lejos de rechazar la vinculación de las exoneraciones de cotizaciones a la formación de los trabajadores en ERTE, tal y como trascendió en un principio, aseguran: "Los empresarios valoramos de manera positiva el trato a la formación en este acuerdo, que avala el compromiso de las organizaciones con los trabajadores para garantizar su empleabilidad".

Asimismo, CEOE-Cepyme destacan que para estas organizaciones patronales era clave el acuerdo al que ha llegado también el Gobierno con la organización de autónomos (ATA). Este pacto se ha firmado también con las otras dos asociaciones mayoritarias representantes del colectivo UPTA y Uatae.

 

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Sobre la firma

Raquel Pascual Cortés
Es periodista de la sección de Economía, especializada en información sobre empleo, Seguridad Social, pensiones y relaciones laborales. Licenciada en C.C. de la Información por la U. Complutense, empezó a trabajar en Cinco Días en 2000 y antes pasó por las secciones de política y economía de la agencia Europa Press y por el diario Soria 7 Días.

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